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Tercera condena al Ayuntamiento por la anterior gestión del PP

El TSJCV anula la contrata para el montaje de escenarios y sillas de actos festeros en Alicante

El exjefe de Atención Urbana (izq.) con un abogado del Ayuntamiento el día del primer juicio. ANDREU PUIG

El Ayuntamiento de Alicante ha sido condenado a indemnizar con cerca de medio millón de euros a la empresa a la que debería haberse adjudicado el montaje de escenarios y sillas para las actividades festeras de la ciudad, según la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad (TSCV) a la que ha tenido acceso este diario. El fallo anula la adjudicación del servicio a la empresa Isjoma en 2009 al considerar que la empresa demandante, Alavés Montajes, debería haber ganado el concurso y obliga a la Corporación Municipal a indemnizarle en concepto de daños y perjuicios con el 6% del beneficio industrial por el importe total de los trabajos facturados por la adjudicataria desde ese año. Aunque la cantidad real se concretará a la hora de ejecutar la sentencia, fuentes cercanas al caso cifraron la cantidad que se deberá pagar en cerca de medio millón de euros.

Con esta nueva condena, el dinero que el equipo de gobierno debe abonar por indemnizaciones ante decisiones adoptadas por los anteriores gestores del PP llega ya a los 22,5 millones de euros: 18 millones a Hansa Urbana; y otros cuatro por el traslado de la torre Placia en el caso de que el Ayuntamiento optara por trasladarla.

El contrato a la mercantil Isjoma está siendo investigado por otro juzgado en Alicante a instancias de la Fiscalía Anticorrupción. El juez investiga una presunta connivencia de técnicos del área de Atención Urbana con la adjudicataria. El empresario José Alavés, que optaba al mismo contrato, denunció que el concurso se había resuelto a favor de otra empresa a pesar de que era económicamente un millón de euros más cara. Mientras los abogados de Alavés, José Alberto Ferrer y María Dolores Martínez Soler del bufete Ferrer Pallás, se personaron como acusación particular en el proceso penal, paralelamente iniciaron un pleito contencioso-administrativo para reclamar en los tribunales la nulidad de la contrata. El anterior alcalde popular Miguel Valor optó por rescindir el contrato a Isjoma el pasado febrero, aunque el Ayuntamiento ha seguido contratándola.

La sentencia de la Sección Quinta de la Sala Contencioso-Administrativo del TSJ revoca otra dictada por un juzgado de Alicante que inicialmente daba la razón al Ayuntamiento en la adjudicación. El fallo del tribunal autonómico se ha basado en una prueba, que inicialmente fue rechazada por el juez de Alicante por no considerarla necesaria, un informe técnico elaborado por un perito imparcial valorando las distintas ofertas presentadas. La sentencia señala que «dicho informe no deja duda alguna acerca de la errónea valoración en la que se basó la puntuación para otorgar la adjudicación y las incorrectas y subjetivas valoraciones de los informes del técnico municipal». El perito incidía en que el pliego de condiciones no establecía un baremo «objetivo o matemático» para determinar la puntuación que se debe dar a cada empresa. El informe hace una nueva valoración por la que la propuesta de Alavés debería haber obtenido 76,856 puntos frente a la de Isjoma, que debería haber tenido 61,85 puntos y concluía que el contrato se debería haber concedido a Alavés.

En el juicio celebrado en el juzgado Contencioso de Alicante, llegó a declarar para defender los criterios del Ayuntamiento el técnico imputado por la investigación penal a Isjoma, el exjefe de Atención Urbana, Víctor López. El técnico dijo que «Isjoma obtuvo mejor puntuación porque elaboró un proyecto con disciplina, con arreglo a los criterios y orientaciones establecidos en el pliego, mientras que la recurrente fue más imprecisa y menos completa en el desarrollo de la memoria, así como menos ordenada». El TSJ ha puesto en evidencia que los criterios de Víctor López fueron subjetivos.

Los magistrados inciden en la sentencia en la «imparcialidad» del perito y subrayan que no se trata de un técnico de parte sino de uno designado por el propio tribunal. Los jueces consideran acreditados «los errores en las valoraciones» y que procedería retroceder todo el proceso al momento de la adjudicación a la nueva empresa, aunque admiten que sería un extremo «imposible de cumplir» dado el tiempo transcurrido, por lo que admiten que Alavés sea indemnizado por los perjuicios sufridos.

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