El Consejo de Ministros aprobó ayer el real decreto que regula la indicación por parte de los enfermeros de medicamentos que no precisen receta, lo que se conoce como la «prescripción enfermera», una antigua reivindicación de estos profesionales sanitarios.

Según cálculos del Consejo de Enfermería de la Comunidad Valenciana, CECOVA, será unos 100 los medicamentos que puedan prescribir los enfermeros. El ministro de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Alfonso Alonso, explicó ayer que un enfermero no tenía hasta ahora una habilitación legal para dispensar medicamentos que se pueden adquirir libremente en las oficinas de farmacia al no estar sujetos a prescripción, con lo que estos profesionales se encontraban en una situación «un tanto alegal». Según señaló, con el texto aprobado ayer se les asegura esa cobertura legal y también se refuerzan la seguridad de cara a los pacientes de que el cuidado que les ofrecen los profesionales de la enfermería se realiza «con todas las garantías».

En cuanto a la facultad de indicar, usar y autorizar determinados medicamentos sujetos a prescripción médica, lo podrán hacer una vez que se regule la aplicación de protocolos y guías de práctica clínica y asistencial, de elaboración conjunta, acordados con las organizaciones colegiales de médicos y enfermeros y validados por Sanidad. Esta facultad será objeto de seguimiento por parte del profesional sanitario que haya determinado el protocolo o guía clínica de indicación, a los efectos de su adecuación al mismo, así como de la seguridad del proceso y de la efectividad del tratamiento, según ha informado el Ministerio de Sanidad en un comunicado. En cuanto a la elaboración y validación de los protocolos, el órgano encargado será la Comisión Permanente de Farmacia del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, que decidirá, entre otras cosas, el listado de medicamentos que se puedan incluir en estos protocolos.

Alonso aclaró que la prescripción de fármacos corresponde siempre al médico y en el texto, pactado tanto con representantes de la enfermería, como de la medicina, se han introducido las garantías «para que esto sea así».

Los enfermeros con título de Ayudante Técnico Sanitario, diplomado universitario en Enfermería o Enfermero Especialista tienen ahora un periodo máximo de cinco años para adquirir las competencias sobre indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano, establecidas en el Real Decreto aprobado este viernes por el Consejo de Ministros.

Preguntado por si este real decreto cuenta con el visto bueno de la profesión médica, Alonso ha subrayado que la redacción del mismo «disipa y aclara» cualquier duda que pudiera albergar el colectivo.