Acerca de los insultos a los políticos que también lanzó a través de Internet Marisol Moreno, el juez considera que «aún de un modo exagerado e inmoderado, virulento y hostil, no dejaban de ser expresiones dirigidas al fin legítimo de toda contienda política, que es contribuir a una opinión pública libre y a influir en los procesos de toma de decisiones para la definición de las políticas (...) Pero estas exageraciones están admitidas en el juego del debate político. Amparadas, en definitiva, por la libertad de expresión, no tienen encaje en el tipo penal propuesto», que era el de un delito contra los derechos fundamentales, del que exonera a la concejala decretando el sobreseimiento de las actuaciones respecto a este cargo. En este punto sí que tiene presente el magistrado la doble condición de activista y de monologuista de la edil y entiende que sus manifestaciones en ese caso «no generaron un peligro para la tranquilidad y/o seguridad de las personas». M. G.