Información

Información

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

Antes del 15 de enero

Un juez ordena el desalojo de las casas ilegales de Tabarca

Infraestructuras accederá entonces a las viviendas, retirará los enseres que queden y procederá al derribo

Imagen de archivo de los bungalows declarados ilegales y que se derribarán en Tabarca. información

El juez que ordenó la demolición de los seis bungalows construidos ilegalmente en la isla de Tabarca por el exalcalde de Santa Pola, Pascual Orts, ha ordenado a los propietarios que vacíen las casas antes del próximo 15 de enero de 2014, fecha en que los técnicos de la Conselleria de Infraestructuras podrán acceder a su interior, retirar los enseres que todavía encuentren (los propietarios habrán perdido sus derechos) y solicitar una nueva orden al Juzgado para proceder a la demolición. El Consell adjudicó hace dos semanas el derribo de las casas a la constructora Obrascón Huarte y Lain por 375.000 euros. En las viviendas ha habido actividad hasta el pasado verano, pero en estos momentos, en el ocaso del otoño, están cerradas pero con todo el mobiliario en su interior.

El desalojo de inquilinos y enseres es el último requisito pendiente para que la Conselleria cumpla una sentencia del Tribunal Supremo que se remonta al año 2009 y cuya ejecución se ha venido retrasando hasta tal punto que ha recibido hasta cuatro requerimientos de la Demarcación Territorial de Costas reclamando la ejecución de la sentencia.

Además del derribo de los bungalows, la Generalitat tiene otra obligación aún más gravosa, puesto que deberá indemnizar a los propietarios de los mismos, uno de los cuales, el exalcalde de Santa Pola, ya anunció en su día que había reclamado una indemnización de casi dos millones de euros. Otro titular de una de las viviendas es el empresario Enrique Ortiz, aunque nunca se le ha visto por la misma.

La sentencia que obliga a demoler estas casas es consecuencia del recurso interpuesto por el entonces Ministerio de Medio Ambiente contra la resolución de la Conselleria de Medio Ambiente, del 17 de junio de 1999, autorizando la contrucción de los seis adosados pese a afectar al dominio público. El Tribunal Superior de Justicia declaró las casas ilegales en 2003, y el Tribunal Supremo lo ratificó en 2009.

La sentencia del Supremo rechazó en su día los recursos presentados por Pascual Orts, Vicente Pastor Antón y Luis Torres Castaño contra el fallo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) en abril de 2003 que anuló la autorización concedida por la Generalitat y declaró ilegales los seis bungalows por estar construidos en terrenos que son servidumbre de protección y deben servir de paso al público en general.

Compartir el artículo

stats