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Costas endurece la normativa de los chiringuitos para evitar ruidos y malos olores a los vecinos

El reglamento de la ley que ha entrado en vigor este mes obliga a soterrar los cables eléctricos y tuberías para impedir vertidos sobre la arena

Dos amigas toman una aperitivo en la terraza de un chiringuito sobre la arena de la Playa de San Juan el verano pasado. CAROLINA ESCALANTE

El nuevo reglamento de la Ley de Costas que entró en vigor el pasado día 11 con su publicación en el BOE y ha salvado, de entrada, mil viviendas en la Albufereta y Santa Pola, apuesta ahora, en contraposición con la legislación anterior, por un mayor aprovechamiento turístico, lo que se traducirá en permisos para ampliar los restaurante construidos en los paseos marítimos hasta los 270 metros cuadrados y la celebración de fiestas en la arena, algo que quedará a criterio de los ayuntamientos. La gran novedad, sin embargo, sobre la ley que se aprobara en 2013 es que, por primera vez, se regula la presencia de los chiringuitos que se levantan sobre la arena todos los veranos (julio, agosto y septiembre), algunos convertidos en auténticos restaurantes por el día y bares de copas por la noche.

Hasta ahora, los permisos dependían de los ayuntamientos y su presencia ha levantado polémica con los establecimientos clásicos que denuncian que muchos negocios incurren en competencia desleal permitida por los consistorios, y con los vecinos, por el ruido y los malos olores. A partir de ahora, los chiringuitos playeros deberán tener una superficie máxima de 70 m2 en total, y solo 20 m2 de instalación cerrada. La distancia no podrá ser inferior a los 300 metros y todas las instalaciones de energía y sanitarias -tratamiento de aguas residuales- deberán ir soterradas y conectadas con las redes principales de luz y agua. La elaboración de los alimentos no podrá emitir olores y no podrá verterse agua sobre la arena.

La ley distingue entre playas urbanas y naturales, que seguirán blindadas, pero en las primeras, grupo en el que están, por ejemplo, los principales arenales de la Costa Blanca, el Gobierno ha levantado la mano. En concreto, en las urbanas, los requisitos son más flexibles. Las dimensiones máximas permitidas para los restaurantes serán de 200 metros cuadrados (150 m2 de edificación más terraza cerrada) y, además, se podrán añadir otros 70 m2 de terraza desmontable. En las playas naturales los negocios no pueden tener más metros cuadrados y todos sus elementos tendrán que ser desmontables. El reglamento permite que las playas urbanas acojan eventos con repercusión turística y deportivas o culturales que tengan impacto nacional o internacional. Los permisos los concederán los ayuntamientos con informe favorable de la Generalitat.

El Ayuntamiento de Alicante considera positivo el nuevo reglamento de la Ley de Costas porque aporta racionalidad a la utilización de un recurso muy ligado al sector turístico y que la anterior legislación blindaba dejaba al criterio de las comunidades autónomas. El Consistorio ve positivo que se puedan aprovechar las playas consideradas urbanas -salvo un trozo de Urbanova- y ampliar los chiringuitos en la playa siempre con criterios ambientales y preservando ante todo el recurso pero, por qué no aprovecharlo al máximo desde el punto de vista turístico. El Ayuntamiento aplaude también que se puedan celebrar eventos culturales, deportivos o folclóricos relevantes.

Los hosteleros también celebran que el Gobierno permita ahora ampliar la superficie de los restaurantes clásicos en los paseos marítimos, aunque ello suponga un nuevo desembolso económico, por ejemplo, para los empresarios a los que Costas obligó a tirar los antiguos del paseo de la playa de San Juan, donde el negocio está muy ligado a la temporada alta. En 2011 se aplicó la legislación anterior que fue inflexible con los 150 metros cuadrados de local y un periodo de concesión de 15 años, revisable cada cinco.

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