La comisión de Régimen Interior del Ayuntamiento de Alicante ha aprobado una serie de modificaciones en la ordenanza municipal de artículos pirotécnicos para ir corrigiendo las grandes diferencias con la normativa estatal, mucho menos restrictiva, que afecta sobre todo a las distancias de seguridad a que se puede situar el público con respecto a los fuegos. Así, en el caso de los terrestres la distancia mínima será de 25 metros y en los aéreos, más peligrosos al ser erráticos, se queda en 40 metros frente a los 50 metros que se aplicaban hasta ahora. Pese a este recorte, en Alicante se seguirá aplicando un coeficiente adicional de seguridad ya que la normativa estatal permitiría situar al público a solo 25 metros. El concejal Juan Seva explicó que el Ayuntamiento aplicaba una ordenanza de 2003, cuando no existía la norma estatal, y que ahora se modifican las distancias para que más público pueda ver espectáculos pirotécnicos como las mascletàs de Hogueras o los castillos de fuegos del Cocó. «Aunque hemos aproximado al público, seguimos siendo más restrictivos en lo que es la zona de seguridad», advirtió Seva. La ordenanza también corrige el artículo referente a las cañitas voladoras, prohibidas oficialmente en Alicante pese a que se lanzan en la palmera del día de San Juan que anuncia la Cremà. Ese párrafo permitirá al Ayuntamiento, excepcionalmente y previo informe de los técnicos municipales, autorizar su uso para celebraciones concretas.