Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Valencia de noviembre del año pasado, ratificada recientemente, respalda el derecho a hacer huelga de los alumnos sin necesidad de contar con la firma de los padres como autorización preceptiva.

Los jueces han declarado nulos de pleno derecho los artículos del reglamento de Deberes y Derechos del alumnado de la Comunidad Valenciana referidos a la autorización paterna para que los menores de edad puedan hacer huelga, y solo mantiene los que permiten el paro si es fruto de una decisión colectiva de los alumnos, previamente informada al centro educativo y respaldada al menos por más de 20 estudiantes.

De esta forma es el instituto el que debe informar a los padres sobre la decisión adoptada por el alumnado con respecto a la huelga, tal y como consta en la sentencia que da la razón a la demanda interpuesta en su día por la Confederación de padres de alumnos «Gonzalo Anaya» contra la administración educativa valenciana.

La sentencia, recogida en la web de noticias jurídicas, está de plena actualidad dada las jornadas de huelga convocadas desde mañana por los alumnos, que concluyen el jueves, día en que están llamados 800.000 alumnos y 64.000 docentes de la Comunidad «contra la ley Wert, la agresión más grave a la enseñanza de la historia reciente, que no ha sido negociada y abrirá una brecha social entre el alumnado, además de marginar la lengua propia y modificar las condiciones laborales del profesorado», resumió el STEPV.

Sobre la posibilidad de que se haya fijado algún examen el mismo día 24, CC OO advierte que solo si se programó con anterioridad a registrarse el día de huelga se podrá hacer, pero tendrá que repetirse si el acuerdo de huelga supera los 20 alumnos.

La consellera Catalá calificó ayer de «mala noticia perder un día de clase», y apeló a la «responsabilidad docente para mejorar el rendimiento académico».