La cuarta sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia sobre el Plan Rabasa asesta un fuerte varapalo a la gestión urbanística del Ayuntamiento y de la Generalitat. A la falta de garantías sobre la existencia de agua, al incumplimiento de la Ley de Contratos y a la falta de autorización ambiental, el tribunal autonómico añade otras irregularidades en la adjudicación al empresario Enrique Ortiz del Plan de Actuación Integrada (PAI).

La sentencia, que admite el recurso planteado por la Plataforma de Iniciativas Ciudadanas (PIC), sostiene que se produjo "una alteración de los principios de igualdad en materia de concurso y contratación administrativa" admitiendo así la falta de rigor en la exposición pública que esgrimía la PIC. El fallo recoge, además, que "la infracción es todavía más grave" porque la adjudicación se aprobó en 2005 mientras que la aprobación del programa se produjo con posterioridad, en 2006. "Se ha producido una inversión en la dinámica que las normas prevén para llegar a su adjudicación", destaca el fallo.

El fallo, que cuenta con dos votos particulares, hace referencia también al incumplimiento de la Ley de Contratos por que el PAI no se publicó en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas. Cuestión de por sí suficiente, entiende el TSJ, para anular tanto la adjudicación del plan como su aprobación.

Otra causa de invalidez es la inexistencia de Autorización Ambiental Integrada. Un instrumento que, según el tribunal, no puede sustituir a la Evaluación de Impacto Ambiental a la que se sometió el plan. Al respecto, incide en que "no es lo mismo una cosa que la otra y no da lo mismo que las cosas se hagan de un modo o de otro".

En cuanto a la falta de recursos hídricos, el tribunal la justifica en la inexistencia de un informe favorable por parte de la Confederación Hidrográfica del Júcar. Al respecto, subraya que el visto bueno dado por este organismo al futuro Plan General no puede sustituirlo, como pretendía el Ayuntamiento. En esa línea, la sentencia insiste en que el Plan General "está en trámite y ni siquiera hoy está aprobado definitivamente", sino que "es una hipótesis de trabajo".

Para el presidente de la PIC, José María Perea, la sentencia es "contundente al anular por ser contrarios a derecho los cuatro actos administrativos sobre el Plan Rabasa". Es decir, el acuerdo de pleno de 2005 por el que se le adjudicó el plan a Viviendas Sociales del Mediterráneo -de Ortiz-, la aprobación municipal del PAI de 2006 y del texto refundido en 2008, así como la aprobación definitiva de la homologación del plan por parte de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua y Urbanismo en 2009.

Perea destaca que el polémico plan urbanístico "no se sometió en rigor a exposición pública" y se produjo "una alteración de los principios de igualdad" en materia de contratación.

La PIC critica la "incompetencia"

de Castedo y Alperi

La Plataforma de Iniciativas Ciudadanas, que comenzó su lucha contra el Plan Rabasa en 2005, celebró ayer el fallo judicial. El presidente de la agrupación, José María Perea, aseguró que el esfuerzo de la plataforma "se ve recompensado" y añadió que tanto la alcaldesa, Sonia Castedo, como su predecesor, Luis Díaz Alperi, han demostrado su "incompetencia para tramitar el mayor plan urbanístico de la ciudad". Al respecto, recordó que ambos se encuentran imputados en la causa por el presunto amaño del Plan General y añadió que "deberían dimitir". Para Perea, la anulación del Plan Rabasa "beneficia a la ciudad" y refrenda el sentido "que tienen las plataformas de lucha ciudadana", como la PIC.