La Audiencia ha condenado a cinco años de prisión a la mujer acusada de haber apuñalado a un hombre por mendigar pese a estar cobrando una pensión, según la sentencia a la que ha tenido acceso este diario. Los magistrados consideran probado que la procesada sufre una alteración psíquica pero que ésta no la hace inimputable por estos hechos, motivo por el que le imponen el ingresar en prisión, en lugar de en un centro psiquiátrico. El fallo establece una orden de alejamiento por la que la acusada no se podrá acercar a su víctima durante diez años, así como una indemnización de 26.000 euros. La mujer ha sido condenado por tentativa de homicidio con la atenuante de alteración psíquica.

Los hechos ocurrieron el 7 de mayo de 2011 cuando la mujer conoció a su víctima, un ciudadano polaco de 42 años, que estaba mendigando en la puerta de un supermercado junto a la Plaza de la Montañeta. La acusada le invitó a ir a su casa para tomar vino. Una vez allí, en el transcurso de la conversación el hombre le contó que recibía una pensión de 500 euros al mes, hecho ante el que la acusada se enfadó porque la prestación que recibía ella era de 300 euros y por eso no pedía dinero por la calle. A continuación, fue a la cocina y cogió un cuchillo con el que le apuñaló.

Los magistrados han considerado probado que la acusada padece un trastorno de personalidad, a lo que se une un abusivo consumo del alcohol. Sin embargo, matizan que éstas dos circunstancias son meras atenuantes y que no eximen a la acusada de tener responsabilidad criminal. El estado mental de la acusada ha sido el aspecto clave de la sentencia, dado que los jueces de la Sección Tercera han visto más que acreditado que fue la acusada la autora de las cuchillas. En este sentido, consideran "inverosímil" la versión de ésta en el juicio que vino a decir que fue la víctima quién se clavó el cuchillo quizá buscando una indemnización. De todas maneras, ésta dijo que no recordaba absolutamente de lo ocurrido.