La falta de medios de la Administración a cuenta de los recortes que impone la actual situación económica está llegando a límites que rozan el esperpento. La Generalitat Valenciana ha informado a un juzgado que ordenó demoler parte de una vivienda construida ilegalmente en un parque natural que no tiene presupuesto para ejecutar la sentencia, según la respuesta que la propia administración autonómica, la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, ha remitido al juzgado. Las obras ilegales se encuentran dentro del entorno protegido de Sierra Mariola, que este año cumple su décimo aniversario como parque natural, y por ellas el propietario de la misma fue condenado a un año de prisión y a la demolición de la vivienda construida por un delito contra la ordenación del territorio. Una resolución que también fue confirmada por la Audiencia Provincial.

En 1998, el acusado ya se había construido una pequeña casa en el entorno de la zona protegida. Los hechos por los que se le juzgó fueron por la ampliación de la misma en el año 2007 sin pedir ningún tipo de autorización a pesar de que se trataba de un suelo no urbanizable protegido. La condena es firme desde julio de 2010, pero el acusado no ha demolido aún esas obras ilegales. El juzgado de lo Penal estuvo a punto de deducir testimonio contra él, hasta que éste notificó que contrataba a un arquitecto para acometer el derribo, que es de especial complejidad, ya que afecta a una parte de la construcción. Al comprobar que no hay intención de demoler, ha sido cuando el juzgado de lo Penal requirió a la Conselleria para que procediera a echar abajo las obras. Al tratarse de un parque natural, el órgano competente para ejecutar los trabajos es el ejecutivo autonómico y no el Ayuntamiento.

La respuesta del Consell ha dejado anonadado al personal del juzgado. "En el momento actual, esta dirección general no dispone de partida presupuestaria para poder llevar a cabo su solicitud, al no existir una consignación en los presupuestos asignados a este departamento", señala literalmente el escrito remitido desde la Conselleria. Este departamento ya tenía abierto un expediente sancionador contra el propietario de la casa por estas obras, que quedó paralizado cuando se tuvo conocimiento de la existencia de las diligencias abiertas por el juzgado.

El procedimiento habitual en este tipo de casos es que la Administración ejecuta el derribo de la vivienda a cargo del condenado, motivo por el que la respuesta les ha dejado desconcertados. Desde fuentes de la Fiscalía se indicó que "si la Conselleria no tiene presupuesto en este momento para acometer el derribo, en los próximos presupuestos sí que está obligada a habilitar una partida presupuestaria para ello".

En estos momentos, el juzgado había suspendido la condena de un año de cárcel al acusado, dado que carecía de antecedentes penales. El hecho de que la Conselleria no demoliera la construcción supondría la total impunidad del delito. Las fuentes consultadas por este diario señalaron que la capacidad de hacer cumplir sus resoluciones es precisamente una de las cosas que da autoridad a la Administración de Justicia. Si las sentencias no pueden cumplirse son papel mojado.

El acusado alegó en su día que no solicitó el permiso porque "como es mecánico no sabía que necesitaba autorización para construir" e ignoraba también que la parcela estaba en un parque natural, algo que la juez consideraba "irrelevante" porque el desconocimiento no le exime de su obligación de cumplir las leyes.

La parcela donde hizo la casa está catalogada como suelo no urbanizable protegido y en esa zona solo son autorizables las viviendas unifamiliares en las áreas agrícolas, supuesto que no se da en este caso, según recogía el fallo judicial. La resolución señalaba además que si el acusado hubiera pedido la autorización le hubieran informado de que no era posible al ser espacio protegido.

Asimismo, la sentencia precisaba que llamaba la atención que poco antes de construir la vivienda el acusado fuera a un notario para que dejara constancia de las edificaciones ya existentes y de la intención de realizar obras en la parcela. Con esta acción, decía la juez, "no se proponía otro fin que el de que un notario diera fe del estado del terreno antes de la construcción, para llegado el momento en que se procediera contra él, poder acreditar que la vivienda ya existía, por lo que sí que tenía conocimiento de las posibles consecuencias de su actuación".

La defensa presentó en el juicio un informe pericial realizado por un biólogo en el que se explicaba que la vivienda construida se encuentra situada en una zona que "no posee características naturales, en las que no existe vegetación y no hay afectación de especies vegetales". El juzgado rechazó dicho informe al considerar que el artículo 319 del Código Penal lo que sanciona no es si la construcción tiene impacto ambiental, "sino simplemente la construcción en suelo protegido".