La Gerencia Municipal de Urbanismo ha incrementado la edificabilidad en la construcción de viviendas mediante una instrucción interna del gerente, Enrique Sanus, sin ninguna publicidad, pese a que modifica lo establecido en el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU). La medida consiste en reducir la superficie no computable de las terrazas, que pasa del 30 por ciento previsto en el PGOU al 50 por ciento. La concejala de Urbanismo, Marta García Romeu, asegura desconocer la decisión de su gerente.

Esta medida municipal supone, por ejemplo, que un piso con una superficie útil de 100 m2, que podía tener una terraza de hasta 30 m2 sin computar edificabilidad, ahora podrá ampliarla a 50 m2, lo que supone ganar 20 m2. Además, y según algunas interpretaciones técnicas, estos 20 m2 que se ganan en cada terraza podrían acumularse, de forma que en un inmueble de 50 pisos de cien metros de superficie útil cada uno, se ampliaría la edificabilidad 1.000 m2, lo que permitiría construir diez viviendas más.

El gerente de Urbanismo justifica en su instrucción la medida porque "ha habido discrepancia en el criterio a seguir para el cómputo de las terrazas, dado que la redacción del PGOU de 1987 admite más de una interpretación". Y por ello, el gerente comunica a los técnicos municipales que la interpretación a seguir será la del decreto del Consell del 26 de junio de 2009 sobre viviendas de protección oficial, que establece que "la superficie útil computable para las viviendas con protección pública incluirá el 50% de la superficie de los espacios exteriores cubiertos por la planta inmediatamente superior, tales como balcones, terrazas, etc.". Aunque el gerente la hace extensible a todo tipo de viviendas no sólo las de VPO.

Estas discrepancias aducidas por el gerente en la interpretación del computo de las terrazas en el PGOU es rechazada por distintas fuentes técnicas consultadas, que subrayan que el cómputo de las terrazas está definido con claridad meridiana en el planeamiento vigente, ya que en el mismo se establece que "las terrazas computarán como superficie útil en lo que exceda del 30% de la superficie útil de la vivienda o local a la que pertenezca".

Este incremento de la edificabilidad es aplicable a la totalidad del término municipal, aunque tiene una mayor efectividad en la zona de playas y en las urbanizaciones cerradas de edificación abierta, donde la tipología de las construcciones suele contar con amplias terrazas. Los terrenos del antiguo hotel Sidi y el solar que acogió el hotel El Cabo podrían acogerse a esta medida.

Sobre esta instrucción, la concejala de Urbanismo aseguró, cuando este periódico le pidió su opinión, que la desconocía por completo y que nadie le había consultado nada al respecto. Por su parte, el gerente de Urbanismo restó importancia a su instrucción y señaló que aunque ahora hay discrepancias en algunos técnicos, este criterio que él recoge se viene aplicando por la Gerencia de Urbanismo "desde hace por lo menos 15 años". Fuentes municipales consultadas discrepan abiertamente de esta afirmación de Sanus.

En cualquier caso, lo que sí tienen claro todas las fuentes municipales consultadas es que todo cambio en el porcentaje del 30% de superficie sin computar en las terrazas no se puede aplicar mediante una instrucción ya que requiere de una modificación puntual del PGOU,incluyendo exposición pública y aprobación por el pleno municipal.

Dudas en la definición de "terraza"

Un concepto que la instrucción del gerente pretende aclarar y en el que sí hay dudas al respecto en las interpretaciones es el de la definición de las terrazas, al entender Enrique Sanus que no está perfectamente definida en el vigente Plan General. En la instrucción se señala al respecto que sólo computan como terrazas y balcones, tal como señala un decreto de la Generalitat sobre VPO, los "espacios exteriores cubiertos por la planta inmediatamente superior". Por lo tanto se excluyen las cubiertas de los edificios así como los espacios abiertos en edificios escalonados, pese a que en la mayoría de los casos se suelen utilizar como terrazas.