El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad (TSJCV) decidió ayer confirmar la implicación de la cúpula autonómica del PP en la causa por la supuesta financiación ilegal del partido, al tiempo que rechazó incluir, por ahora, al presidente de la Generalitat, Francisco Camps, en el procedimiento. El tribunal sí confirmó, por contra, la implicación del vicepresidente Vicente Rambla y de la expresidenta de las Cortes y ahora alcaldesa de Novelda, Milagrosa Martínez. Ambos serán investigados en este caso.

En un auto hecho público ayer, el TSJ argumentó que Camps no puede ser incluido porque el informe del Ministerio Fiscal en el que se basó la inhibición no le citaba ni le atribuía "un hecho concreto". El tribunal aceptó de forma parcial el pasado mes mayo la inhibición propuesta por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid e inició los trámites para investigar un supuesto delito electoral del PP de la Comunidad Valenciana en los comicios autonómicos de 2007 y una posible prevaricación de la Generalitat en sus contratos con la empresa de la trama Gürtel Orange Market, entre otros delitos. La resolución de ayer se ajusta a los criterios de inhibición marcados por el instructor de la causa en Madrid, Antonio Pedreira, lo que no impide que la relación actual de aforados implicados varíe durante el transcurso de la investigación.

Según el auto, en una inhibición entre órganos judiciales, las partes deben canalizar sus pretensiones a través del tribunal que la plantea o la recibe. En este caso, la inhibición se realizó por "remisión completa" al informe del fiscal que la promovía, y en este documento "no se incluía ni a Camps ni a un hecho concreto y determinado atribuible al mismo". La existencia de otra causa judicial con partes comunes, en la que el presidente valenciano se encuentra "imputado" por un supuesto delito de cohecho pasivo -el caso de los trajes, un sumario ligado también a Gürtel-, no es motivo suficiente para alterar el auto de inhibición. Sus posibles relaciones con el procedimiento por la supuesta financiación ilegal se determinarán en el momento procesal "oportuno", añade el documento.

La Sala de lo Civil y Penal del TSJ rechaza además el recurso presentado por el PP para que excluya del auto de inhibición a Vicente Rambla y a Milagrosa Martínez. Según argumenta, Rambla aparece citado "específicamente" en el informe fiscal por delito electoral y falsedad documental como partícipe en las gestiones de adjudicación de contratos públicos a Orange Market. La expresidenta de las Cortes y ahora alcaldesa de Novelda, por el contrario, no aparece en este informe, pero los magistrados entienden que deben incluirla porque figura en diferentes informes policiales como responsable de adjudicaciones a Orange Market y receptora de regalos durante su etapa en Turismo.

Asimismo, el TSJ rechaza investigar al exdirector de Radiotelevisión Valenciana Pedro García por prevaricación y cohecho en los contratos relacionados con la visita del Papa a Valencia en 2006, tal y como, entre otros extremos, solicitaba el PSPV en su recurso. Al respecto, el TSJCV recuerda que el citado Pedro García no es aforado, por lo que no tiene competencia para investigarle. También desestima el recurso del Ministerio Fiscal para que se acepte "íntegramente" la inhibición propuesta por Pedreira, y del gerente de Orange Market para que se revoque completamente.

El juez Juan Montero discrepa y emite un voto particular

Contrario al pronunciamiento de la Sala, el magistrado Juan Montero dictó un voto particular en el que expresó su desacuerdo con la inclusión en el procedimiento de Vicente Rambla y Milagrosa Martínez. Según su criterio, la inhibición debería ceñirse a los parámetros establecidos por Pedreira, y los informes policiales no deberían servir para incluir hechos o personas aforadas que no aparecen citados en los documentos iniciales. Montero, que califica esta inhibición de "singular" como "sinónimo de anómala, rara o extraña", considera que el recurso del PP debía ser estimado dejando fuera al vicepresidente primero del Consell y a la expresidenta de las Cortes. Con la resolución del ayer, el TSJ rechaza todos los recursos presentados contra su decisión de investigar al PP de la Comunidad por supuesto delito electoral y falsedad documental, y a la Generalitat, por una posible prevaricación y cohecho.