Comenzando por sobre si es al juez instructor o al tribunal sentenciador (argumentos los hay para los dos planteamientos) a quien compete pronunciarse sobre la validez de las pruebas de una investigación en un proceso penal, complicado es localizar opiniones coincidentes entre profesionales bregados en la interpretación y la aplicación del Derecho acerca del alcance de la decisión del magistrado San Martín de anular una buena parte de las escuchas ordenadas para esclarecer si hubo irregularidades en la adjudicación de la contrata de la basura de Orihuela y del plan zonal de residuos de la Vega Baja. Un presunto caso de corrupción en el que no sólo están implicados políticos y empresarios sino que ha dado lugar a la apertura de una veintena de causas en otros tantos juzgados de la provincia y Murcia.

Excepto en que el auto notificado el martes deja en precario la instrucción y que retrasará de forma considerable (hay quien habla de varios años) la resolución definitiva de esta causa, o de lo que de ella quede para entonces, en poco más parecen estar de acuerdo magistrados y abogados que se debaten entre valorar la resolución de juez porque, a la larga, una vez firme, disipa la amenaza de la nulidad de lo que al final resista en el sumario y aquellos, los más, que ven en la decisión adoptada por San Martín la más lesiva para un proceso llamado a ser uno de los grandes y que ahora no es más que un gran caos.

Se podía haber anulado todo el procedimiento por detectarse fallos en una instrucción por la que, entre titulares y sustitutos, han pasado cinco magistrados y en la que el control para un asunto de esta envergadura no parece que haya sido el adecuado. Como también podría haberse optado por validar lo actuado, finalizar la instrucción y dejar el análisis de las pruebas para las cuestiones previas de la vista oral, como ocurrió con el caso Naseiro, con el que, en cuestión de escuchas y nulidades, tantas similitudes presenta. Pero San Martín ha tirado por el camino del enmedio boicoteando una investigación sobre la que, con independencia de lo que al final resuelva la Audiencia, a la que todas las partes van a recurrir y donde al final se decidirá qué pruebas son o no válidas, siempre pesará la sombra de la sospecha. Con su decisión, el juez ha liado tal maraña que hasta a los representanes legales de los imputados les está costando desliarla. Y eso antes de que, tras la resolución de la Audiencia, entre en juego la doctrina de los frutos del árbol envenenado (a la que el magistrado alude en su auto por si algún abogado la había pasado por alto) que llevará a invalidar todo aquello que provenga o guarde relación con lo anulado. Una criba de la que se encargará el propio San Martín concretando qué hechos pueden imputarse y a quién. Pero para eso aún queda mucho tiempo y lo mismo ya ni importa.