La Audiencia Provincial ha rechazado que un hombre sea juzgado por conducir sin carné de conducir porque éste ignoraba que se lo habían retirado, según informaron ayer fuentes judiciales.

El conductor afectado había perdido todos los puntos del carné al acumular varias multas, pero no se le había notificado la sanción debido a que no se le pudo localizar en el domicilio. Por ello, se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).

La Audiencia ha fallado que no basta que se haya realizado este trámite para que se haya cometido el delito, dado que no hay constancia de que el acusado tuviera la certeza de que tenía esta prohibición vigente. Los magistrados consideran que la sanción debería habérsele notificado personalmente.

El conductor fue detenido en un control de la Policía Local de Alcoy, en el que los agentes comprobaron a través de sus equipos informáticos que éste tenía el permiso retirado. Los funcionarios le denunciaron por una presunta infracción del artículo 384 del Código Penal, que sanciona el circular sin carné con entre tres y seis meses de cárcel, una multa o trabajos en beneficio de la comunidad. Un juzgado tramitó la denuncia y, al ir a abrir juicio al conductor, éste recurrió la decisión a la Audiencia.

La sala ha acordado el archivo de las diligencias al entender que no ha existido delito. El auto, cuyo ponente ha sido el presidente de la Audiencia Vicente Magro, señala que para que exista delito debe de haber una intencionalidad en la conducta del acusado.

"No estamos hablando del conductor que no lo ha tenido nunca (el permiso) y es consciente de que no puede conducir, sino el de alguien que cree que dispone de él porque ningún funcionario le ha comunicado personalmente la sanción", señala el magistrado, que dice que no ha quedado acreditado que el conductor fuera consciente de la prohibición. En este sentido argumenta que publicar la sanción en el Boletín Oficial de la Provincia es válido en los procedimientos administrativos, pero en el derecho penal no.

Un delito vigente desde hace tres años

La reforma del Código Penal por la que conducir sin carné pasaba a ser delito lleva ya vigente tres años. La Guardia Civil realiza una media de 350 arrestos al año por conducir sin carné en la provincia, cifra a la que hay que añadir las intervenciones que hacen en cada municipio los funcionarios de la Policía Local. Con ella se pretende castigar con penas de cárcel a aquellos que conduzcan sin haberse sacado el carné de conducir o que lo tengan retirado por multas o por decisión judicial.

Del delito quedan excluidos los extranjeros que circulan en España con un permiso expedido en su país de origen y que no lo hayan convalidado aquí. De todas maneras, el motivo más frecuente para llevar a un conductor ante el juzgado por delitos contra la seguridad es la circulación bajo la influencia de bebidas alcohólicas.