El Tribunal de Justicia de la Unión Europea zanjó ayer el contencioso abierto hace ya seis años (junio de 2006) por la propia Comisión Europa, la oposición y quince mil propietarios de viviendas, la mayoría extranjeros, contra la Ley Urbanística Valenciana, al desestimar la denuncia interpuesta por la CE en 2009 contra España al estimar que la LUV vulneraba la legislación comunitaria en materia de contratación pública.

En concreto, el recurso se presentó al estimar la CE que las relaciones de los ayuntamientos y los agentes urbanizadores a la hora de aprobar un Plan de Actuación Integrada (PAI) eran contratos públicos de obra. El fallo del Tribunal desestima el recurso al no ver ánimo de lucro, debido a que, según el fallo, los PAI son obras para dotar de infraestructuras y preparar las parcelas donde posteriormente se edificará que pagan los propietarios del suelo a los que se da la oportunidad de participar en la urbanización o ser expropiados.

El fallo no entra a valorar la posible vulneración de los derechos de los propietarios, ya que al final la CE sólo pudo presentar una demanda contra la LUV en base al presunta vulneración de la legislación sobre los contratos públicos para realizar una obra. El vicepresidente Juan Cotino y el conseller Rafael Blasco, mostraron su satisfacción por la sentencia y aprovecharon la misma para cargar contra PSOE, EU, Compromís, e incluso aquellos eurodiputados "que llegaron a la Comunidad Valenciana como si de la Inquisición se tratara y sin saber, incluso, donde estábamos".

Enrique Climent, portavoz de la Plataforma Abusos Urbanísticos No respetó la sentencia pero insistió en "el fallo no valora ni aspectos ambientales, ni la vulneración de los derechos de los propietarios del suelo elegido para el desarrollo de un PAI".

Los jueces del Tribunal de la UE consideran que la CE no ha demostrado que los contratos de urbanización denunciados sean contratos públicos, "lo que constituye una condición previa para la declaración del incumplimiento alegado". Por ello, la sentencia desestima el recurso de la Comisión, a la que condena en costas. El Ejecutivo comunitario había denunciado ante la Justicia europea la Ley Urbanística de la Comunidad Valenciana al considerar que incumplía la normativa comunitaria sobre contratación pública.

Reproches

Los reproches de la Comisión se referían en particular a la aprobación de los PAI que, según Bruselas, incumplían los requisitos de transparencia y publicidad previstos en la normativa europea que regula los contratos públicos de urbanización. La sentencia recuerda que, según reiterada jurisprudencia, en casos como el estudiado corresponde al Ejecutivo comunitario "probar la existencia" del incumplimiento, mediante la aportación de los elementos necesarios para verificar la denuncia. Sin embargo, "la Comisión no intentó apoyar sus propias alegaciones ni refutar las del Estado miembro demandado mediante un examen profundo de esos elementos".

La sentencia indica que el Ejecutivo comunitario no ha demostrado que las obras de conexión e integración de los terrenos con las redes de infraestructura, energía, comunicaciones y servicios públicos sean el objeto principal del contrato entre los ayuntamientos y los urbanizadores a los que se adjudican los PAI. Además, la ejecución de los PAI incluye "actividades que no pueden calificarse de obras" en el sentido previsto en la normativa comunitaria que invoca la Comisión.

Para el el Tribunal, la CE no logró demostrar que el objeto principal del contrato de adjudicación de los PAI fuera un contrato público de obras, algo que supone una condición previa indispensable para poder declarar el incumplimiento.

La reacción del Consell no se hizo esperar. El vicepresidente y conseller de Urbanismo, Juan Cotino, celebró el fallo "porque representa el fin a siete años de persecución contra la Comunidad Valenciana y el presidente Camps. Una campaña contra el urbanismo de la Comunidad que hizo que se perdieran inversiones y puestos de trabajo". Cotino culpó directamente a la exministra Cristina Narbona, el exeurodiputado Joan Calabuig y "aquellos eurodiputados que nos visitaban como si fueran la Inquisición sin saber ni donde venían", subrayó el vicepresidente. Los propietarios afectados deben presentar sus denuncia de modo particular y ante los tribunales españoles.

Por su parte, el portavoz de Infraestructuras del PSPV en las Cortes, Francesc Signes, consideró que la sentencia "en absoluto valida la política urbanística de la Generalitat ni su modelo de ocupación del suelo". Para Signes, el fallo "no entra examinar la mala gestión, los abusos y la corrupción vinculada con la mala gestión urbanística que han proliferado en la Comunidad gracias a los Gobiernos del PP", señaló en un comunicado.

De la condena del Parlamento Europeo al archivo de la causa

La CE cumplió en 2009 la amenaza lanzada en junio de 2007 y, presentó una denuncia formal contra España en el Tribunal Superior de Justicia de la UE, por las preguntas irregularidades cometidas por el Instituto Valenciano de la Vivienda y los ayuntamientos en la tramitación de los planes urbanísticos. La denuncia representó la tercera y última etapa del procedimiento de infracción abierto en 2005 debido a que Bruselas consideraba que la legislación urbanística del Consell podría vulnerar el derecho comunitario al no publicitar los PAI para que, por ejemplo, un urbanizador que no fuera español hubiera podido acceder a pujar por el Plan Rabasa o cualquiera de los aprobados en los últimos años. Según la CE, el IVVSA habría violado el principio de igualdad de tratamiento y lo mismo sucedía, según la CE, con las empresas mixtas (capital público y privado) creadas por el instituto para urbanizar terrenos. El Parlamento Europeo llegó a condenar en un pleno la política urbanística.

El primer aviso sobre la denuncia se produjo en junio de 2007, cuando el comisario de Mercado Interior, Charly McCrevee, anunció en el pleno celebrado en Estrasburgo que la CE había decidido denunciar ante el Tribunal Superior de Justicia de las Comunidades Europeas la LUV. La denuncia posterior fue consecuencia, también, del expediente sancionador abierto contra España en 2005. Lo cierto es que muchos PAI se han aprobado y los afectados se han enterado prácticamente cuando las máquinas comenzaban la urbanización de la parcela. Algo que caló en el Parlamento pero no convenció a los jueves del Tribunal. F. J. B.