A los ladrones también se les aplicará el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) en los objetos que roben. Esto es lo que han decidido los magistrados de la Audiencia Provincial en una reunión celebrada ayer para unificar criterios. Si el valor de lo robado supera o no los 400 euros es lo que determinará el que el delincuente sea acusado de un delito (penado con prisión) o de una falta (castigado con solo una falta).

Una diferencia que no ha sido ignorada por los carteristas y otros amigos de lo ajeno. El presidente de la Audiencia, Vicente Magro, aseguró que "al ser detenidos, casualmente el valor de lo que se han llevado no supera los 400 euros. Tienen perfectamente calculado que si se llevan objetos de más valor pueden ser condenados a penas de prisión". Tiendas de electrodomésticos, joyas, prendas de vestir, entre otros son los objetivos de este tipo de delincuencia. El comerciante que sufre el robo debe posteriormente llevar al juzgado de guardia el tiquet con el valor en el mercado de los objetos robados. Con demasiada frecuencia, el precio final de lo hurtado siempre suele rondar el límite de los 400 euros.

El Código Penal prevé para los hurtos entre seis y dieciocho meses de prisión para los casos en los que el valor de lo robado supere las citadas cantidades. En el supuesto de que el precio sea inferior, se prevén penas que oscilan entre cuatro y doce días de localización permanente o bien el pago de una multa.

La cuestión había sido puesta sobre la mesa de los magistrados precisamente en el sentido contrario a lo que se acabó aprobando ayer. Varios jueces de instrucción habían argumentado que en la valoración de los objetos robados tenía que descontarse el IVA, puesto que ese dinero sólo se pagaría en el caso en que el producto se hubiera vendido.

Sin embargo, la propuesta acabó siendo rechazada ayer por los magistrados de la Audiencia al entender que "el valor del objeto es el de su venta público". El presidente de la Audiencia, Vicente Magro, aseguró que no se puede pretender que en el tiquet de compra que el comerciante aporte al juzgado, éste tenga que descontar el IVA del valor del objeto robado. Los magistrados descartaron que en este caso este tipo de dudas legales acaben beneficiando a los delincuentes.

La consulta planteada no solo afecta a la pena que se imponga a estos delincuentes, sino también qué juzgado es el que acaba enjuiciando los hechos. En el supuesto de las faltas, la competencia corresponde a los juzgados de Instrucción; cuando se trata de delitos a los órganos de lo Penal.

Reincidentes

Durante los últimos años, la levedad de las penas previstas para la pequeña delincuencia ha sido objeto de debate. El presidente de la Audiencia ha incidido en numerosas ocasiones que muchos de estos amigos de lo ajeno son multirreincidentes precisamente porque saben que delinquir les va a salir gratis.

El Gobierno ha aprobado varias reformas destinadas a endurecer las leyes contra estos delincuentes habituales, pero con escasa eficacia. La última modificación ha consistido en acusar de un delito a aquel que haya sido condenado por más de tres faltas. En la práctica esta medida no se ha podido controlar ante la inexistencia de un registro que contabilice cuántas condenas lleva acumuladas un delincuente. Los que ya existen solamente computan los antecedentes penales por delitos cometidos, pero no las faltas.

El Ministerio de Justicia se ha comprometido a poner en marcha una base de datos central para toda España e informatizada para finales de este año. La Audiencia de Alicante ha iniciado un programa piloto en marcha para tratar de controlar la reincidencia en la ciudad, en el que la Policía lleva el control de las sentencias que acumula cada delincuente. La eficacia de la medida todavía no se ha notado, ya que es necesario que el detenido haya acumulado varias condenas firmes para que se le pueda realmente enviar a prisión.

La decisión sobre el IVA fue una de las quince dudas jurídicas que se planteó ayer ante la junta de magistrados, en una reunión que era solo para dirimir cuestiones penales. Para el próximo mes de junio hay convocada otra centrarse en cuestiones civiles. Uno de los asuntos planteados es precisamente si la entrega de la vivienda al banco salda la deuda por la hipoteca, como ya adelantó este diario. El presidente de la Audiencia se mostró ayer satisfecho con la reunión y señaló que se va a fijar una cada tres meses, para seguir resolviendo estas consultas.

La retirada del carné de conducir no se podrá cumplir a plazos

Los magistrados de la Audiencia rechazaron que los conductores a los que se les haya retirado el carné de conducir puedan cumplir su condena de manera fraccionada. Éste fue otro de los puntos acordados en la reunión para unificar criterios celebrada ayer. El presidente de la Audiencia, Vicente Magro, señaló que son muchas las peticiones que se reciben de transportistas o de personas que dependen del coche para su trabajo que pretenden cumplir la condena únicamente durante los fines de semana o el periodo en el que están de vacaciones. El criterio de los magistrados ha sido el de rechazar la petición de plano, ya que consideran que la pena es efectiva si se cumple de una sola vez. No ha sido la única cuestión relativa a la seguridad que se abordó en la reunión de ayer. Los jueces también acordaron que no se puede acusar por delito a los ciudadanos extranjeros que circulan con permisos de conducir de sus países por España sin haberlos homologado. La Fiscalía ya acordó en su día, cuando se reformó en Código Penal para que conducir sin carné fuera delito, que la infracción sólo la comete aquellos que nunca han obtenido el permiso. En la práctica, los juzgados se están encontrando con muchas dificultades para confirmar en los países de origen si la documentación presentada es válida. Otros acuerdos adoptados ayer en esta mesa de trabajo entre los magistrados fueron de un carácter más técnico, como dilucidar el cuándo acaban los plazos para que los abogados presenten los recursos ante el juzgado. J. A. M.