El Síndic de Greuges de la Comunidad Valenciana, José Cholbi, ha dado la razón a la Unión de Consumidores al considerar que las compañías eléctricas "deben realizar una lectura real del suministro eléctrico con la periodicidad de dos meses", y justificó esta medida al afirmar que es "tal y como está estipulado en la normativa vigente". Además, recomendó al Consell que inste a Iberdrola a que devuelva los importes facturados en exceso debido a las lecturas estimadas.

Esta resolución dictada por el Cholbi es la respuesta a una reclamación interpuesta por la Unión de Consumidores de la Comunidad Valenciana. En ella, el Síndic recomienda a la Conselleria de Infraestructuras y Transporte que inste a la compañía Iberdrola "no sólo a la devolución de los importes facturados en exceso debido a las lecturas estimadas, sino a que éstas sean reales cada dos meses", explicó.

La Unión de Consumidores de la Comunidad Valenciana interpuso una reclamación contra la compañía Iberdrola por "una reiterada facturación del servicio eléctrico basada únicamente en consumos estimados, y sin llevar a cabo la lectura real del contador durante más de un año", puntualizó.

Esta práctica de la compañía, según la Unión de los Consumidores, "provocó que se abonaran importes de electricidad muy superiores a los realmente consumidos y sin que se procediera a su devolución". En una segunda instancia y tras una respuesta "poco satisfactoria", se trasladó el expediente al Servicio Territorial de Industria y Energía que, "incomprensiblemente", a juicio de la asociación de consumidores, avaló la actuación de la compañía.

La Unión de Consumidores entiende que las compañías eléctricas "tienen la obligación de efectuar cada dos meses la lectura real de los contadores y de devolver los importes facturados de más", y que, según los Consumidores, el Servicio Territorial de Industria y Energía "debe comprobar y verificar que las empresas cumplan la normativa vigente y la hagan respetar a fin de proteger los derechos de los consumidores", matizó.

Con todo esto y ante la falta de cumplimiento de las funciones de este organismo público, se vieron en la obligación de remitir la queja ante el Síndic de Greuges, quien lo ha resuelto satisfactoriamente.

Por último, la Unión de Consumidores remitió a Industria, Turismo y Comercio un escrito solicitando un informe aclaratorio sobre la normativa aplicable encaminada a clarificar que las lecturas reales deben ser realizadas por las empresas distribuidoras con periodicidad bimestral, conforme al criterio de la asociación.