Un juzgado de lo Mercantil de Alicante ha condenado a Ryanair a indemnizar por la cancelación de un vuelo de Madrid a Alicante. El fallo se produce después de que la compañía irlandesa de vuelos baratos evitara el juicio pagando antes de la vista el dinero que se le reclamaba y que ascendía a 250 euros, más los gastos de manutención. Por tanto, la sentencia no entra a valorar, al haberse comprometido a pagar, si la compañía de vuelos baratos está obligada a hacer frente a las indemnizaciones que establece el Reglamente Europeo 261/2004 que regula las normas de compensación y asistencia a los pasajeros afectados por estas situaciones y condena a Ryanair por haberse "allanado a la demanda".

Los hechos por los que se presentó la demanda se remontan al 26 de febrero, cuando los pasajeros del vuelo que venía de Madrid a Alicante se encontraron con que éste fue cancelado a la una de la madrugada, cuando tenía que haber despegado a las 21.20 horas. El motivo de la cancelación fue la huelga de controladores de Francia, que impidió la llegada de un vuelo del que iban a embarcar otros pasajeros rumbo a Alicante. La demanda dice que una vez notificada la cancelación se denegó tanto el hospedaje como los gastos de manutención que marca el reglamento comunitario. En el vuelo había hasta 62 pasajeros, pero solamente uno había reclamó. Ryanair en su página web advierte que no ofrecerá compensación alguna en caso de cancelación.