El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) estima que "procede" continuar con la tramitación de la inhibición parcial recibida del magistrado instructor del caso Gürtel en Madrid, Antonio Pedreira, referida a la presunta financiación irregular del PP, entre otros.

En una providencia fechada ayer y facilitada hoy por el TSJ valenciano, la Sala de lo Civil y lo Penal da además diez días hábiles al Ministerio Fiscal y demás partes personadas en la causa para que aleguen dentro al ámbito de inhibición acordada sobre la competencia de esta Sala para conocer los hechos delictivos recogidos en los autos de inhibición.

El plazo otorgado amplía el inicialmente concedido -de cinco días- dada la "complejidad y volumen de la causa", según recoge la resolución, contra la que cabe la interposición de recurso de súplica en el plazo de tres días.

La Sala pide a las partes que aleguen acerca de la concurrencia de los presupuestos procesales, especialmente sobre la competencia del magistrado instructor que dictó el auto de inhibición, y de los requisitos procesales, "en especial los oficios de remisión de las resoluciones de inhibición y el contenido y ámbito del material remitido".

También, sobre el "ámbito concreto" a que se extiende la resolución de inhibición, esto es, que se pronuncien sobre "hechos y sujetos a que se atribuyen y el fundamento documental de ello".

Asimismo pide su pronunciamiento respecto del ámbito de la apelación formulada contra el auto de inhibición de Pedreira delimitado por el recurso y su correlación con la decisión adoptada por la Sala de lo Civil y penal del TSJ madrileño.

Por último, pide a las partes que concreten, dentro del ámbito de la inhibición acordada y respecto de la posible competencia de la Sala del TSJ valenciano, "hechos, relevancia penal de los mismos, imputación a personas determinadas -en principio aforadas, y, en su caso, a no aforadas- y actos de investigación que se han de tomar en consideración a los anteriores efectos".

La resolución apunta a las partes personadas que deberán indicar, al tiempo de evacuación del traslado competencial conferido, en qué condición se encuentran personadas en las diligencias previas seguidas en el tribunal superior madrileño.

Según concreta el escrito, esta especificación no rige para el Ministerio Fiscal, acusación popular, personas aforadas ante esta Sala o aquellas que sin ser aforadas aparecen, según lo acordado por el TSJ de Madrid, como posibles sujetos pasivos del proceso.

Respecto del traslado indicado, la acusación popular constituida por el portavoz del PSPV en Les Corts, Ángel Luna, "y otros", dado que "ya realizó en su día las alegaciones competenciales que estimó pertinentes", la Sala señala que "podrá mantenerlas o modificarlas en lo que estime oportuno".

En declaraciones a Efe tras conocer la resolución judicial del TSJCV, Luna ha afirmado que ésta es "un paso más que acerca el enjuiciamiento de todos los graves delitos que ha cometido el PP".

"El PP pretende hacernos creer que la corrupción que denunciamos es cuestión de cuatro trajes y no es así. Denunciamos la existencia de toda una trama de financiación irregular de ese partido. Con esta decisión judicial, estamos más cerca de que se enjuicien todas estas conductas irregulares", ha manifestado.