El Consell ha rebajado las exigencias de la legislación nacional y europea sobre pirotecnia para que no se desluzcan los espectáculos de fuegos artificiales, tradicionales en las fiestas de la Comunidad Valenciana. A escasos días de que se celebren las Fallas, el gobierno valenciano ha aprobado un decreto que "corrige" a la baja las condiciones necesarias para poder usar productos pirotécnicos, al considerar que las fiestas valencianas son "tradicionales".

En la Comunidad Valenciana, los niños de 8 años podrán tirar pequeños petardos en las fiestas, algo que prohibía expresamente la legislación aprobada por el ejecutivo español en mayo del pasado año al establecer la edad mínima en 12 años, mientras que los de 10 años podrán disparar fuegos artificiales voladores, algo que la norma sólo autorizaba hasta ahora a los de 16 años. Los padres serán los responsables del lanzamiento de los petardos por parte de sus hijos para lo que la normativa valenciana señala expresamente que los progenitores"deberán autorizar a sus hijos menores a utilizar el material y manifiestan disponer de esa formación suficiente para que no se produzcan accidentes".

Los niños podrán disparar productos de muy baja peligrosidad, como bengalas, pequeños petardos y bombetas a partir de los 8 años; mientras que a partir de 10 años se pueden lanzar al aire libre chinos, fuentes y fuegos artificiales voladores.

El gobierno valenciano ha modificado la legislación nacional y europea reconociendo en el decreto el "carácter religioso, cultural o tradicional de las manifestaciones festivas de la Comunidad Valenciana que hacen uso de la pirotecnia" y sobre este particular se cita expresamente a las Fallas, las Hogueras de San Juan, las fiestas de la Magdalena de Castellón, la Cordà o las fiestas de Moros y Cristianos, sobre las que se asegura que "quedan excluidas de la normativa europea sobre artículos pirotécnicos".

Desde la mascletà hasta la traca

Las fiestas mayores, patronales o de barrio entran dentro de la calificación de "carácter tradicional" especificado por el Consell por lo que los fuegos artificiales podrán ser usados con mayor liberalidad de lo que permitía hasta ahora la normativa vigente. El Consell ha distinguido en su decreto entre tres grupos de manifestaciones festivas. El primero afecta a espectáculos que sólo pueden desarrollar profesionales y en este apartado sitúa las mascletàs, la cremà, los castillos de fuegos artificiales y los "corretraca". En un segundo grupo estarían los correfoc, despertà y cordà, que tendrían que manejas expertos sin requerir que sean profesionales. Por último, las tracas, baterías y truenos de las categorías 1, 2 y 3 en celebraciones familiares no requerirían de autorización por parte de las autoridades.