Un matrimonio ha conseguido que la Audiencia de Alicante condene después de un periplo judicial de 16 años a uno de los denunciados por el robo de más de cien millones de pesetas en joyas con las que los afectados querían comprar un chalé. La Audiencia ha condenado a este acusado por haberse quedado con un maletín que contenía una parte de las joyas, que estaba valorada en 8.850 euros. La pena es mínima, ya que tan sólo es de un mes de prisión por apropiación indebida, aunque deberá indemnizar a los afectados por 8.850 euros. El fallo supone que el otro implicado, el que se quedó el resto, es una persona desconocida que no ha podido ser localizada.

Los hechos se remontan al verano de 1994, cuando los afectados contactaron con una persona que no ha podido ser identificada para que les vendiera una joyas. Éste les propuso la posibilidad de cambiarlas por un chalé valorado en 100 millones de las antiguas pesetas. Los afectados le dieron las joyas más 6.000 euros en efectivo que fueron depositados en dos maletines en una joyería de Dénia mientras se resolvía la transacción. Al pasar un año y ver que la operación no se cerraba y que les daban largas, el matrimonio encargó a otra persona de su confianza que recogiera las joyas en depósito. La sentencia declara probado que sólo quedaba un maletín con algunas de las joyas que éste último se quedó. El resto de las alhajas y el dinero nunca llegó a ser depositado y se los quedó el otro implicado que sigue en paradero desconocido.

El primer juicio por estos hechos se celebró a finales de 2009, con sólo uno de los acusados en el banquillo. Éste llegó a admitir que se había quedado con joyas. Sin embargo, la Audiencia lo absolvió por considerar los hechos prescritos, porque la causa había estado paralizada durante tres años a la espera de que se nombrara abogado y procurador al acusado. Entre los años 2004 y 2007 se dictaron diversas providencias por parte del juzgado, sin éxito.

El Supremo revocó esta sentencia al considerar que el hecho de nombrar a los representantes legales del imputado no era una tarea superflua y que eran fundamentales para la instrucción del procedimiento, por lo que ha obligado a revisar el juicio. La nueva sentencia condena al acusado a un mes de arresto mayor, ya que se aplica el Código Penal vigente de cuando ocurrieron los hechos. El fallo obliga al procesado ha indemnizar a la perjudicada con el dinero de las joyas que se quedó y al pago de las costas.