Un juez ha condenado a la clínica privada Perpetuo Socorro de Alicante a indemnizar a la familia de una mujer por negligencia médica después de que ésta falleciera a ocho días después de dar a luz por una infección que se inició durante el parto. El fallo también condena al ginecólogo que la controló antes y después del alumbramiento y que la asistió en el parto, así como a la médico que se encontraba de guardia la noche en la que ingresó la embarazada.

Según consta en la sentencia del procedimiento, iniciado tras una demanda del letrado Francisco Ruiz Marco en representación de la familia de la fallecida, el juez argumenta que existe un "daño desproporcionado" en las consecuencias derivadas de unos hechos que se inician bajo circunstancias normales.

El magistrado indica que la organización de los servicios del hospital "no era la correcta, al menos, para afrontar situaciones de la índole de la sufrida por la difunta". Destaca que, durante esa noche, el hospital contaba con una asistencia "insuficiente para evaluar casos de cierta gravedad", con sólo dos médicos -uno de ellos atendía a la unidad de vigilancia intensiva y el otros las urgencias- para un total de 87 camas hospitalarias. El fallo califica de "deficiente" el servicio de análisis clínicos, así como la coordinación entre la enfermería y el médico de guardia y entre éste y el facultativo que atendía a la paciente. El juez valora que hubo falta de comunicación entre los profesionales y que no se alertaron entre ellos de "indicios relevantes, como que la paciente se hubiese mareado, que no orinase y que refiriese un olor intenso en la herida".

El juez entiende que el ginecólogo -que dirigió las intervenciones quirúrgicas, la atención postparto, el número de visitas a la paciente, las pruebas médicas, el sistema de higiene empleado y la fecha del alta- es responsable de asumir las circunstancias en las que se encontraba la clínica ya que fue suya la decisión de intervenir en ella a la mujer. Respecto a su "actuación profesional" incide en que "no consta que se realizasen pruebas o se adoptasen medidas" para, al menos, excluir la infección que causó el fallecimiento. Si bien el fallo recoge que estadísticamente esta patología no es habitual, manifiesta que no se practicaron todas las pruebas ni se valoraron las opciones para un mejor diagnóstico.

En cuanto a la médico de guardia, cuya actuación se limitó sólo a la noche en la que entró la embarazada al hospital, la condena precisa que no llegó a examinar a la paciente pese a que fue advertida de las molestias que presentaba. Ordenó una prueba diagnóstica, pero no queda acreditado que hiciera lo necesario para conocer el contenido. Tampoco comunicó nada al médico. Todo ello hubiera contribuido a un diagnóstico precoz del problema, según recoge el juez en la sentencia.

Gangrena muy grave y poco habitual

Tras el parto de una niña, la embarazada empezó a sentir dolores fuertes, mareos y fiebre, entre otros síntomas. Las conclusiones médicas a la que se llega por parte de los forenses indican que la paciente falleció por una fascitis necrosante o gangrena de Fournier, una patología poco común, pero muy grave, que puede destruir los músculos y la piel. Se desarrolla cuando las bacterias entran al cuerpo a través de una herida menor. Las bacterias comienzan a multiplicarse y a liberar sustancias dañinas que son las que destruyen los tejidos. La enfermedad no llegó a ser detectada en el Perpetuo, pero sí por un médico del Hospital General de Alicante, que se percató de ella "con una simple exploración a la enferma", a través de la cual se dilucidó la gravedad en base a aspectos, como el olor, "y que deberían haber sido advertidos con anterioridad", según la sentencia. S. LL.