REDACCIÓN
La Fiscalía Provincial de Valencia ha recurrido el auto del juzgado de instrucción número 3 de Valencia por el que se acordaba la nulidad de parte del procedimiento en el caso Terra Mítica -únicamente en lo referente al delito tributario- al estimar que deducir testimonio es "mero trámite", según consta en algunas sentencias ya públicas.
En un comunicado de la portavocía del Ministerio Público, se informa de que el fiscal encargado de la causa ha interpuesto recurso de reforma, y subsidiario de apelación, para que el magistrado revoque el auto dictado el 7 de enero de 2010 y deje sin efecto la nulidad de las actuaciones acordadas desde el 2 de mayo de 2006, relativas al delito fiscal.
Así, solicita al instructor que dicte un nuevo auto en el que se establezca que no existe esta nulidad y que, por tanto, no procede devolver a la Agencia Estatal Tributaria la totalidad del expediente administrativo, tal y como se había acordado. La Fiscalía basa su petición en varias sentencias y otros argumentos. De esta manera, recuerda que la solicitud de nulidad de las actuaciones por infracción del artículo 180.1 de la Ley General Tributaria (LGT) ya había sido resuelta por autos del juzgado de Instrucción número 3 -entre otros, del 13 de julio de 2006- y por autos de la sección tercera de la Audiencia Provincial de Valencia -de 20 y 23 de noviembre del mismo año-.
La Fiscalía también expone, en el recurso, que aunque existe una sentencia dictada por la sección tercera de la sala de lo contencioso-administrativo del TSJ, de fecha de 14 de noviembre de 2008, que declara nula la resolución que acuerda dar traslado del expediente a Fiscalía, "lo cierto es que también se trata de una sentencia aislada".