INMIGRACIÓN

La Diócesis denuncia multas excesivas a los inmigrantes sin papeles

El Secretariado de Migración afirma que las sanciones en Alicante por no tener en regla la documentación son hasta veinte veces más elevadas que en el resto de España

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Colas en las dependencias policiales de Extranjería de Campo de Mirra, en una imagen del pasado mes de junio
Colas en las dependencias policiales de Extranjería de Campo de Mirra, en una imagen del pasado mes de junio RAFA ARJONES
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A. PRADO El Secretariado Diocesano de Migración-Asociación de Solidaridad con los Trabajadores Inmigrantes (ASTI) Alicante denuncia en su informe sobre "Inmigrantes en situación irregular" de 2009 que la Oficina de Extranjeros de Alicante aplica sanciones "desorbitadas" a inmigrantes en situación irregular y que éstas llegan a ser hasta veinte veces superior que en otras provincias españolas.
En dicho informe, colgado ayer en su página web, se explica que la legislación vigente -la Ley de Extranjería 4/2000- establece sanciones de 301 a 6.000 euros a aquellas personas extranjeras que no tengan su documentación en regla e incluso puede significar la expulsión, aunque una sentencia del Tribunal Supremo de 2007 establece que este extremo sólo debe aplicarse en situaciones excepcionales.
El establecimiento de la sanción económica, apunta el informe, varía en función de la provincia y "en Alicante, a diferencia de otros lugares de España, se viene aplicando un criterio de proporcionalidad en función del tiempo de estancia que el ciudadano extranjero lleve en España en situación irregular". Es decir, que cuanto más tiempo lleve el inmigrante en España, mayor será la sanción económica, algo que consideran "discutible y arbitrario".
Fuentes del Secretariado apuntan que ha habido casos con más de dos años de estancia irregular que han sido sancionados con 6.000 euros cuando estaban a punto de solicitar la residencia por arraigo social a los tres años. Ello, "sin tener en consideración si esa cantidad guarda proporción con los medios económicos de los que esta persona pueda disponer", ni tampoco tener en cuenta otros criterios como su arraigo en el territorio, el mantenimiento de familiares o cualquier otro.
Las mismas fuentes señalan que en otras provincias como Madrid, Cádiz o Barcelona se aplican las sanciones mínimas de 300 euros en casos similares, algo que corroboran desde servicios jurídicos de otras ONG.
Este criterio de proporcionalidad se aplica en Alicante tomando al pie de la letra el baremo recogido en una sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco de noviembre de 2008, que determinó una multa de 1.500 euros a un inmigrante por estancia irregular de 9 meses, lo que lleva, por esa proporción, a multas de 6.000 euros por 36 meses.
Desde el Secretariado apuntan que al año atienden decenas de casos en estas circunstancias, que consideran "injustos" y que son recurridos sin éxito ante la Subdelegación del Gobierno. Esta situación ha sido denunciada en ocasiones anteriores por considerar dicho criterio "discutible", añade el informe, que recuerda que son pocos los inmigrantes que recurren a la vía judicial ante el retraso acumulado en los juzgados de lo contencioso-administrativo.
Además, la última reforma de la Ley de Extranjería endurece las sanciones -de 501 a 10.000 euros- y desde el Secretariado-ASTI temen que en Alicante se eleven aún más las cantidades.
Este diario ha intentado obtener explicaciones de la Oficina de Extranjeros pero no ha sido posible.

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