TRIBUNALES

Absuelto por un error judicial un hombre que asfixió a una mujer para robarle

La Audiencia anula la condena a cinco años de prisión contra el procesado porque la sentencia se basaba en hechos y declaraciones que no aparecieron durante su juicio

 01:51  

JOSÉ ANTONIO MARTÍNEZ Un error judicial ha obligado a poner en libertad a un hombre que había sido condenado por asfixiar a una mujer hasta dejarla inconsciente para robarle el coche. Según la sentencia a la que ha tenido acceso este diario, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial ha anulado la condena a cinco años de prisión que había dictado contra Mouhcine F. una juez de lo Penal de Benidorm tras admitir que hubo errores procesales en el primer juicio. Éste era el argumento del abogado defensor, el letrado José Luis Sánchez Calvo, que había llegado a recusar a la magistrada para este procedimiento. El recluso quedó en libertad este mismo martes y llevaba más de un año en prisión.
El problema que ha tenido este juicio es que hubo dos acusados, que fueron juzgados por separado al encontrarse uno de ellos en rebeldía, precisamente el ahora absuelto. La magistrada se basó para la condena del segundo en hechos y pruebas que quedaron demostradas en el primer juicio, pero que no aparecieron en el otro proceso.
Al acusado se le imputaban los delitos de hurto de uso de vehículos a motor, robo y lesiones. Los hechos ocurrieron en septiembre de 2007 en las localidades de Benissa y Ondara. El acusado se había llevado de la primera localidad un coche, aprovechando un descuido del dueño que se había bajado del turismo con las llaves puestas. En compañía del otro acusado y otros compatriotas fueron hasta Ondara, donde se encontraron que el coche ya no les arrancaba.
Entre los dos abordaron a una mujer que estaba aparcando un coche. Mientras uno la distraía, el acusado la sujetó por detrás y comenzó a agarrarla fuertemente del cuello hasta que perdió el conocimiento y cayó al suelo inconsciente. Los dos aprovecharon para coger las llaves y marcharse con su coche, tras apoderarse del bolso de su víctima. La mujer tardó 118 días en recuperarse de sus lesiones y, además de problemas cervicales, padeció síndrome de estrés postraumático.
La Audiencia Provincial dice que la sentencia del juzgado de lo Penal se basó de manera muy principal en la prueba practicada en el anterior juicio, en el que no se juzgó la conducta del otro acusado y en el que su abogado no tuvo oportunidad proponer prueba, ni contradecir lo expuesto por las otras partes. "El derecho fundamental a la presunción de inocencia no tolera que la sentencia condenatoria se base en pruebas no practicadas en el juicio oral", recalca el fallo. La Audiencia señala que anuladas las referencias al proceso anterior, no se puede sustentar que el acusado llevara a cabo los hechos que se le imputan. Por este motivo, al revisar la sentencia se establece que el autor de los citados robos se trata de un autor desconocido y por tanto se le absuelve.
Tan sólo se ha mantenido la condena a ocho meses de prisión y 1.200 euros de multa porque en el momento de su detención el acusado había presentado a la Guardia Civil un permiso de conducir y un pasaporte falsificados. Dada la levedad de estos hechos, la Audiencia optó por dejarle en libertad una vez que notificó la resolución.

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