REPORTAJE. COLAPSO JUDICIAL

La familia perdona, la Justicia no olvida

Una juez condena a una madre por echar de casa a su hijo hace diez años pese a que ambos están reconciliados

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La lentitud de la Justicia ha llevado a una madre al banquillo de los acusados diez años después de que echara de casa a su hijo de 15 por problemas de convivencia. Una juez la ha condenado a tres fines de semana de arresto en la prisión por un delito de abandono de familia. La pena cae como un jarro de agua fría después de una década en la que madre e hijo han tenido tiempo para reconciliarse. Prueba de ello es que la procesada ejerció de madrina de la boda de su hijo, que ya tiene 25 años. El colapso judicial se perfila como causa del retraso.

S. ESCRIBANO Diez años han pasado desde que una mujer, vecina de Ibi, echara de casa a su hijo cuando él tenía 15 años. El menor, que ahora tiene 25 años, fue acogido por familiares y terminó por hacer las paces con su madre hasta el punto de nombrarla madrina de su boda. Sin embargo, el delito estaba cometido, la denuncia interpuesta y la Justicia seguía, aunque muy lentamente, su curso. De esta forma, una década después se ha celebrado el juicio contra ella, acusada de un delito de abandono de familia, y una juez la ha condenado por ello a tres fines de semana de arresto en un centro penitenciario.
La sentencia, a la que ha tenido acceso este diario, considera probado que el 30 de agosto de 1999, la procesada echó de la vivienda familiar ubicada en Ibi a su hijo de 15 años "por problemas de convivencia". Ese mismo día, el adolescente denunció los hechos ante la Guardia Civil, que puso el caso en manos de la Fiscalía de Menores y de los servicios sociales municipales. Según la resolución, para solucionar la situación contactaron con la abuela materna, que residía en Alicante, y que accedió a hacerse cargo del joven. Posteriormente, y por consenso familiar, se fue a vivir con una tía hasta cumplir los 18.
El colapso judicial en el juzgado se antoja como principal causa de la demora. Entre trámite y trámite realizado por el juzgado de instrucción de Ibi que llevó el caso han llegado a pasar más de dos años, lo justo para impedir que prescribiera el delito. No fue hasta mayo de 2007 cuando el caso llegó a un juzgado de lo Penal de Alicante para que se señalara el día del juicio. Sin embargo, la saturación de este órgano impidió celebrarlo antes de julio de 2009, según fuentes judiciales.
Durante la vista, celebrada hace unas semanas, la madre explicó que en la vivienda residían su pareja, una hija de corta edad y su hijo de 15 años, quien "no respetaba las normas de convivencia". La procesada alegó que no fue un abandono, sino que fue un acogimiento familiar pactada porque habló con la abuela para que le recogiera en casa y, posteriormente, con sus tíos. Según la sentencia, la mujer aseveró que siempre se había preocupado de su hijo, que él ha ido a verla y que fue madrina de su boda. El joven, que acompañó a su madre hasta los juzgados, se acogió a su derecho a no declarar contra ella. Antes de entrar a juicio, estuvieron juntos en los pasillos, lo que evidencia que se encuentran reconciliados, como también confirmaron desde la defensa.
En el juicio, una trabajadora social señaló que de no haber sido acogido por la abuela hubiese sido derivado a un centro de acogida".
La juez considera que los hechos constituyen un delito de abandono de familia. Argumenta que "no se nos ocultan los problemas de convivencia que pueden surgir en supuestos de hijos problemáticos", pero considera que en este caso "la acusada optó por la solución más drástica de echarle del domicilio". La magistrada, aplica una atenuante de dilaciones indebidas por el retraso y le condena a tres fines de semana de arresto, una pena del anterior Código Penal que se aplica por la antigüedad de los hechos.

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