MANUEL DOPAZO
El Tribunal Superior de Justicia ha denegado la suspensión cautelar del plan Rabasa, rechazando así el recurso interpuesto por la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana. La resolución se justifica en que el plan Rabasa no es impugnable al no estar aún aprobado.
El recurso del Gobierno impugnaba en concreto el acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo del 27 de marzo de 2008, en el que se informa favorablemente esta gigantesca y polémica actuación urbanística sin que se tuviera en cuenta el informe contrario de la Confederación Hidrográfica del Júcar, en el que advertía que no está garantizado el suministro de agua a los 40.000 habitantes de las 13.503 viviendas previstas en Rabasa en este plan.
El recurso del Gobierno central ya sorprendió en su día al interponerse antes de la aprobación definitiva del plan urbanístico. La resolución ahora, mediante un auto del TSJ, confirma que no era el momento procedente. Así, en la fundamentación jurídica, el auto del TSJ señala que "un programa de actuación integrada (PAI) cuya aprobación definitiva queda supeditada a la acreditación de ocho condicionantes, no se puede considerar aprobada definitivamente y, por lo tanto, no ha adquirido la condición de disposición de carácter general recurrible".
En la cita a las "ocho condicionantes", el auto del TSJ se refiere a los reparos de la Comisión de Urbanismo al plan de Rabasa y que provocó que inicialmente la Comisión Territorial se planteara informar en contra del plan, pero la intervención de la Conselleria de Urbanismo consiguió dar la vuelta a la decisión y finalmente informó favorablemente con la condición de que se subsanaran las ocho condiciones impuestas.
La resolución añade que no procede la suspensión del plan Rabasa porque "hasta que no se publica no tiene eficacia", y se apoya al respecto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, citando el artículo 52.1 de la misma, en el que se indica que "para que produzcan efectos jurídicos las disposiciones administrativas habrán de publicarse en el diario oficial que corresponda".
La vía judicial contra esta urbanización tendrá que esperar
La resolución del Tribunal Superior de Justicia sobre el Plan Rabasa estaba cantada al impugnarse una actuación urbanística que no está aprobada definitivamente. La resolución del TSJ es muy clara al respecto al señalar que ya se ha pronunciado sobre este asunto en varias ocasiones y siempre en el mismo sentido. En el caso de Rabasa, la resolución da la razón a la Conselleria de Urbanismo, que en su defensa esgrimió que el proyecto de Rabasa debe volver a la Conselleria para su aprobación definitiva. La Delegación del Gobierno, por tanto, tendrá que esperar, al igual que lo hacen otras partes que también han anunciado su intención de impugnar este polémico plan.