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J. E. MUNERA Las negligencias se pagan, y en este caso al Ayuntamiento de La Vila Joiosa le han costado 37.625 euros más los intereses, aunque pague la aseguradora. Un juzgado de lo Contencioso de Alicante ha condenado al consistorio vilero a indemnizar por la citada cantidad a un niño que sufrió graves heridas al encender un petardo procedente de los restos del material pirotécnico del famoso Desembarco festero. El fallo judicial, que se fundamenta en "el extenso atestado instruido por la Guardia Civil", establece una necesaria relación causal entre el funcionamiento del servicio público de limpieza, la no retirada de material con pólvora varios días después del espectáculo pirotécnico y el daño sufrido por el menor. Expertos jurídicos y municipales consideran que esta sentencia es un serio antecedente que puede ser de aplicación en cualquier otro municipio de la provincia, donde el elemento pirotécnico es casi una seña de identidad.
Los hechos ocurrieron el 20 de agosto de 2006, varias semanas después del Desembarco de ese año, cuando el menor prendió fuego con un mechero a un artefacto que se encontró mientras jugaba en plena calle. A causa de la explosión, la víctima perdió un dedo meñique y sufrió la fractura de un pulgar, heridas múltiples en ambas manos y un codo, así como una catarata y herida corneal penetrante en el ojo izquierdo.
Al mismo tiempo que reconoce el daño moral sufrido por el niño -que tenía 12 años cuando ocurrieron los hechos-, la sentencia reparte la responsabilidad de lo ocurrido con los padres del menor por cuanto "deben velar por el mismo y conocer los lugares en los que juega su hijo y evitar que lleve un mechero u otros instrumentos peligrosos para el mismo".
El juez da por bueno el relato de los hechos de la madre, según el cual el accidente se produjo en un solar de la calle Palasiet, donde el menor jugaba y halló un objeto cilíndrico similar a un carrete de película que resultó ser un artefacto pirotécnico "de uso profesional con una gran carga explosiva, que se encontraba abandonado junto con una gran cantidad de restos de material pirotécnico consumido procedentes del espectáculo pirotécnico realizado con motivo de las fiestas patronales de la localidad".
Frente a la tesis del Ayuntamiento de que no hay relación causa-efecto entre las lesiones sufridas por el menor y el funcionamiento del servicio público de limpieza, el juez considera como "un factor objetivo" que intervino en "la producción" de las heridas "la presencia de un artefacto explosivo en un lugar en el que días atrás se celebró un espectáculo pirotécnico con motivo de las fiestas patronales de Villajoyosa".
Con todo, la cantidad reclamada por la madre del menor era muy superior y ascendía a 251.406 euros. La sentencia la reduce a 75.250 y obliga a la compañía aseguradora contratada por el Ayuntamiento a pagar la mitad -37.625- por considerar que también existe responsabilidad paterna en la indebida custodia del niño. De esta cantidad, el juez asigna 15.000 euros en concepto de daño moral al tener en cuenta la edad del menor "y la gravedad de las secuelas sufridas, que pueden limitar o reducir sus actividades cotidianas".
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