DEFENSORA AUTONÓMICA DEL PUEBLO

El TSJ suspende la reforma del PP para echar a la Síndica y poner a Morenilla

El Tribunal da la razón al PSPV frente a las Cortes y anula de forma cautelar la medida que situó al frente de la institución al marido de una consellera

 11:35  

J. G. G. La sala de lo contencioso administrativo número 2 del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat (TSJCV) ha ordenado la suspensión cautelar de la modificación del reglamento de funcionamiento del Síndic de Greuges aprobada en solitario por el grupo popular el pasado 16 de julio con el fin de apartar del cargo a la Síndica de Greuges en funciones, Emilia Caballero. Los populares, molestos por los informes críticos con el Consell de la Adjunta primera al Síndic, colocaron en su lugar al Adjunto segundo, Carlos Morenilla, marido de la consellera de Turismo, Angélica Such. Tras la aprobación de la modificación reglamentaria -que cambiaba la ley del Síndic-, Morenilla asumió el cargo el 1 de julio relegando a Caballero. El juez adopta la suspensión «dados los visos manifiestos de la posible infracción del principio de jerarquía normativa». Es decir, que un reglamento no puede modificar una ley.
El cambio llevó al grupo socialista a presentar un recurso contencioso administrativo, solicitando la suspensión cautelar. El juez le da la razón, aunque la resolución no es firme y cabe recurso de súplica ante la misma sala en el plazo de cinco días desde ayer. La Cámara anunció que recurrirá y recordó que no es la primera vez que ha sucedido, ya que recientemente, el TSJ suspendió cautelarmente el reglamento de pensiones y finiquitos de los ex diputados pero luego aceptó el recurso de súplica del Parlamento. De confirmarse la decisión, Caballero sería repuesta en el cargo interino y Morenilla, degradado. Se da la circunstancia de que unas horas antes de que entrara en la Cámara el auto la consellera de Turismo comparecía sobre sus presupuestos para 2009.

Una ley blindada por el Estatut
Tratándose de la institución que vela por los derechos de los ciudadanos ante posibles abusos de la Administración, lo ocurrido resulta bochornoso para el Parlamento. La situación nace en abril de 2006 cuando se agota el mandato del Síndic, Bernardo del Rosal, designado en su día a propuesta del PP de Eduardo Zaplana. Sus informes críticos llevaron al Consell de Francisco Camps a no renovarlo. Ante la vacante, ocupó el puesto en funciones Caballero, nombrada a propuesta del PSPV en el mismo pacto por el que se eligió a Del Rosal y los populares colocaron de Adjunto segundo a Morenilla. La elección del nuevo Síndic, según la ley -blindada por el Estatuto-, requiere mayoría de tres quintos y los socialistas no aceptaron la propuesta del ex presidente de las Corts Julio de España. Tras asumir y comenzar a tramitar la candidatura del actual vicepresidente de la Cámara, el popular José Cholbi, el PSPV bloqueó el proceso porque, a pesar del amparo de la presidenta, Milagrosa Martínez, el Consell se negó a facilitar las actas de varias empresas públicas.
Ante ello, los populares se lanzaron a cambiar el reglamento -que sólo requiere mayoría simple- como vía para echar a la Síndica (la ley no la podían tocar porque requiere mayoría de tres quintos). Para ello fijaron un régimen rotatorio, según el cual, en caso de vacante del Síndic, le sustituyen los dos adjuntos por turnos de seis meses. Además, como Caballero llevaba dos años, determinan un periodo inicial de dos años. La ley establece que al Síndic lo sustituyen «los Adjuntos, por su orden». La reforma del PP choca con la interpretación que se ha hecho siempre, en el defensor del Pueblo y en el Síndic en 2001, en el primer periodo de interinidad de Caballero. Zaplana no se atrevió a lo que Camps, sin zaplanistas que le tosan y tras conseguir claras mayorías en 2007 y 2008. Ante ello, el portavoz socialista, Ángel Luna, en representación del grupo socialista, denunció y el tribunal, tras estudiar el recurso, considera que procede acordar la suspensión por varias razones.
En primer lugar, el auto expone que «el establecimiento de un turno rotatorio de sustitución de los Adjuntos pone de manifiesto, en principio, una posible infracción del principio de jerarquía normativa al alterar el régimen de sustitución establecido en el artículo 8.2 de la ley valenciana 11/1988 del Síndic de Greuges». En segundo lugar, explica que aunque de la modificación no se derive un perjuicio individual para el recurrente (el PSPV) y haya sido aprobada por el órgano competente, las Corts, «hay que preservar el interés general legalmente establecido frente a la norma reglamentaria que modifica el régimen legal de sustitución del Síndic de Greuges».

El PP ya expresó en privado sus dudas sobre la reforma

El auto del Tribunal Superior de Justicia destaca los «visos manifiestos» de posible infracción del principio de jerarquía normativa que hace que la suspensión solicitada esté «suficientemente justificada». Por último, insiste en la «posible causa de nulidad» ya que la ley «establece un régimen de sustitución cuya modificación exige en principio una norma del mismo rango». El auto entró en las Corts pasadas las dos y la presidente convocó de urgencia la Mesa para tomar conocimiento y remitirlo a los grupos y a la sindicatura de Greuges, y decidir la presentación de un recurso. Responsables del PP señalaron ayer en privado que ya avisaron en su día de que la reforma no se sostenía legalmente.

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