tribunal de justicia de la unión europea

La UE condena a España por no reconocer los títulos de ingeniero expedidos en Italia a alumnos de la Universidad de Alicante

 11:30  

El Tribunal de Justicia de la UE condenó hoy a España por no haber aplicado la normativa comunitaria para el reconocimiento de títulos de ingeniero obtenidos en Italia por estudiantes de la Universidad de Alicante.

EFE En una sentencia dictada hoy, el tribunal ha dado la razón a la Comisión Europea, que presentó en 2006 un recurso contra España por su incumplimiento de la directiva europea que establece un sistema general de reconocimiento de los títulos de enseñanza superior para carreras que duren un mínimo de 3 años.

El ejecutivo comunitario decidió acudir a la máxima instancia jurídica europea tras recibir "numerosas denuncias" de ingenieros técnicos que cursaron sus estudios en España y después los convalidaron en Italia como si fuera un título de licenciatura.

Sin embargo, no obtuvieron en España el reconocimiento necesario para ejercer la profesión.

Los denunciantes estaban en posesión del título oficial de Ingeniero Técnico en Construcciones Civiles expedido por la Universidad de Alicante, así como del título universitario de "Ingeniero Civil", un título propio expedido por dicha universidad.

Ninguno de estos títulos habilita para ejercer la profesión regulada de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos en España, una licenciatura de cinco años.

No obstante, los denunciantes convalidaron sus títulos de "Ingeniero Civil" en Italia, en virtud de un convenio de colaboración entre la citada universidad y otra italiana.

En posesión de este título, realizaron en Italia un examen de Estado, que les habilitó para el ejercicio de la profesión de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos en dicho país.

Posteriormente, los denunciantes solicitaron el reconocimiento de la cualificación profesional obtenida en Italia para ejercer su profesión en España.

Pero las autoridades españolas denegaron el reconocimiento de las titulaciones, al considerar que los denunciantes habían recibido toda su formación universitaria en España y que, por tanto, la directiva comunitaria no era aplicable.

Según alegó España, la invocación de la directiva comunitaria en este caso sería "fraudulenta o abusiva", ya que permitiría a los denunciantes acceder a la citada profesión en este país a pesar de que sus títulos no les habilitan para ello.

Las autoridades españolas argumentaron que la legislación nacional establece una diferencia entre "títulos oficiales" y "títulos propios", y que dicha distinción no puede eludirse "mediante un simple convenio privado entre dos universidades".

El tribunal rechazó dichos argumentos al considerar que la directiva comunitaria no especifica "que los interesados deben haber cursado toda o parte de su formación en un Estado miembro distinto a España para ver sus títulos reconocidos en este último país".

  HEMEROTECA
  LA SELECCIÓN DE LOS LECTORES
 LO ÚLTIMO
 LO MÁS LEÍDO
 LO MÁS VOTADO
  CONÓZCANOS:  CONTACTO |  INFORMACION |  LOCALIZACIÓN |  CLUB INFORMACION |  PROMOCIONES     PUBLICIDAD:  TARIFAS |  CONTRATAR PRENSA | CONTRATAR WEB  
INFORMACION.es es un producto de Editorial Prensa Ibérica
Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de INFORMACION.es. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.
 


  Aviso legal
  
Otros medios del grupo Editorial Prensa Ibérica
Diari de Girona  | Diario de Ibiza  | Diario de Mallorca | El Diari  | Empordà  | Faro de Vigo  | La Opinión A Coruña  |  La Opinión de Granada  |  La Opinión de Málaga  | La Opinión de Murcia  | La Opinión de Tenerife  | La Opinión de Zamora  | La Provincia  |  La Nueva España  | Levante-EMV  | Mallorca Zeitung  | Regió 7  | Superdeporte  | The Adelaide Review  | 97.7 La Radio  | Blog Mis-Recetas  | Euroresidentes  | Lotería de Navidad | Oscars | Premios Goya