URBANISMO

El Consell pide al Tribunal Europeo que excluya los PAI de la normativa de contratos públicos

 
Dos máquinas pesadas trabajan en los terrenos en los que se desarrollará el PAI de El Vergeret en Xixona
Dos máquinas pesadas trabajan en los terrenos en los que se desarrollará el PAI de El Vergeret en Xixona A. F.

La Generalitat presenta alegaciones a la denuncia de la Comisión Europea y le acusa de lesionar «las competencias internas del Reino de España».

VICENTE AUPÍ Los programas urbanísticos de actuación integrada, los polémicos PAI, no están sometidos al procedimiento de contratación pública y deben ser excluidos expresamente del ámbito de aplicación de las directivas europeas relativas a obras públicas. Éste es el principal argumento de la Generalitat para defender la legitimidad y legalidad de la normativa urbanística valenciana en su escrito de alegaciones remitido al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, a cuyo contenido ha tenido acceso INFORMACION.
Hoy, 22 de septiembre, se cumple el plazo legal para que el gobierno autonómico valenciano responda oficialmente, con las oportunas alegaciones, ante el Tribunal Europeo, tras la denuncia que la Comisión Europea formuló el pasado mes de julio contra la ley Urbanística Valenciana (LUV), la principal norma vigente en la actualidad en este ámbito, y heredera de la polémica ley Reguladora de la Actividad Urbanística (LRAU) que entró en vigor en 1994 y con la que comparte algunos de los fundamentos que chocan de frente con el criterio de la UE sobre la legalidad urbanística. De hecho, aunque el caballo de batalla se centra en la vigente LUV, las denuncias de la Comisión Europea son extensivas a la LRAU y al reglamento de Ordenacio?n y Gestio?n Territorial y Urbani?stica (Rogtu).

Antecedentes
Como ya adelantó en su momento este diario, la Comisión Europea basa su denuncia contra la LUV en el incumplimiento de dos directivas comunitarias, la primera de ellas de 1993 y la segunda de 2004, pero en ambos casos referidas al marco legal sobre los procedimientos de información y adjudicación de los contratos públicos por parte de las administraciones.
La UE dice que los PAI -y también otros muchos aspectos de la actual política urbanística de la Generalitat, como los relativos a las sociedades mixtas que gestionan las actuaciones urbanizadoras- deben ajustarse a la normativa sobre contratación pública y la Generalitat sostiene justamente todo lo contrario.
En su escrito de alegaciones, la Generalitat sostiene que la pretensión de la Comisión Europea de extender la aplicación de las directivas sobre contratación pública a los procedimientos de selección del urbanizador y a la aprobación de los Programas de Actuación Integrada "responde a una interpretación indebida de dichas directivas, con la consiguiente lesión del ámbito competencial interno del Reino de España", según consta en la documentación remitida a Europa.

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