C. R. F.
Biodiésel Alicante manifestó anoche a través de un comunicado que la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 1 de Alicante en la que se rechaza su recurso "era de esperar" ante "la evidente falta de objetividad" que a su juicio ha habido en el tratamiento del tema. En consecuencia, anuncia que recurrirá el fallo judicial.
Biodiésel Alicante está participada mayoritariamente por el grupo Jiménez Belinchón, propietario de otras plantas de biodiésel, aunque también tienen participaciones menores Anlogar y el grupo SuBús, adjudicatario del servicio de autobuses urbanos de Alicante.
La empresa expresó en el citado comunicado su "sorpresa por la filtración a la prensa con anterioridad a que la sentencia le haya sido notificada formalmente", algo que tuvo lugar en la jornada de ayer.
"Biodiésel Alicante S. L. considera que la sentencia constituye el resultado que era de esperar ante la actitud que se le había dispensado y que denotaba una evidente falta de objetividad en el tratamiento de esta controversia", agrega el comunicado de la mercantil.
También manifiesta sentirse sorprendida, señala en el escrito citado, "por algunas de las informaciones" que se publicaron ayer donde asegura que se le atribuyen "decisiones de índole procesal que en absoluto" Biodiésel Alicante "ha adoptado".
"Disconformidad"
La mercantil, que pretendía construir la planta de biodiésel en el muelle 19 de Puerto de Alicante, manifiesta su "disconformidad con el contenido de la sentencia" dictada por la juez María Ángeles Sáez Zambrana. El fallo no le da la razón en ninguno de los planteamientos que alegaba la empresa y respalda los argumentos esgrimidos por el gabinete jurídico del Ayuntamiento. Cabe recordar que Biodiésel Alicante reclamaba inicialmente al Ayuntamiento una indemnización de 143,7 millones de euros por daños y perjuicios, aunque finalmente rebajó la cuantía hasta 4,5 millones. En todo caso, la firma comunica que "procederá a formalizar los oportunos recursos que procedan en Derecho contra la sentencia".
El fallo del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Alicante no condena al pago de costas y otorga un plazo de 15 días para interponer el recurso de apelación ante el juzgado para que sea resuelto por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.