EUROPA PRESS
El proyecto fue aprobado por resolución del 17 de octubre de 2007, lo que implica la declaración de utilidad pública y la "necesidad de urgente ocupación de los bienes y adquisición de los derechos correspondientes, a los fines de expropiación, de ocupación temporal o de imposición o modificación de servidumbres en base a lo contemplado en el artículo 8 de la Ley 25/1988, de 29 de julio de Carreteras, modificado por el artículo 77 de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, a cuyo tenor se declara de "urgencia la ocupación de los bienes por la expropiación forzosa a que dé lugar la construcción de la mencionada obra".
La tramitación del correspondiente expediente expropiatorio se ha de ajustar, por tanto, al procedimiento de urgencia previsto en los artículos 52 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y concordantes de su Reglamento de 26 de abril de 1957.
Como consecuencia, esta Demarcación ha resuelto convocar a los propietarios que figuran en la relación que se encuentra expuesta en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Elx, así como en el de esta Demarcación de Carreteras, y en la Unidad de Carreteras de Alicante, para que asistan al levantamiento de las actas previas a la ocupación.
Para ello, se dará cuenta del señalamiento a los interesados, mediante citación individual y a través de la inserción del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial del Estado, Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y en los diarios Información y La Verdad de Alicante, que servirán como notificación a los posibles interesados no identificados, a los titulares de bienes y derechos afectados que sean desconocidos y a aquellos de los que se ignore su paradero.
Deberán comparecer los titulares de bienes y derechos que se expropian personalmente o representados por persona debidamente autorizada, aportando los documentos acreditativos de título de propiedad, nota simple del Registro de la Propiedad y el último recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles, y en el caso de arrendamientos contrato y recibos de los últimos seis meses.
De la documentación que se aporte deberá adjuntarse fotocopia para su constancia en el expediente. Así mismo pueden hacerse acompañar, a su costa, de Peritos y Notario.
En el plazo de quince días (que, conforme establece el artículo 56.2 del Reglamento de Expropiación Forzosa, podrán prorrogarse hasta el momento en que se proceda al levantamiento de las citadas actas previas a la ocupación), los interesados pueden formular por escrito, ante esta Demarcación de Carreteras, C/ Joaquín Ballester, 39 46071 Valencia, y en la Unidad de Carreteras de Alicante, plaza Montañeta, n.º 5, 03001 Alicante, alegaciones a los solos efectos de subsanar posibles errores que se hayan producido al relacionar los bienes afectados por la urgente ocupación.
Los planos parcelarios y la relación de interesados y bienes afectados podrán ser consultados en las dependencias antes citadas y en el Ayuntamiento de Elx.