J. E. M.
ueva resolución contra el Patronato de Deportes del Ayuntamiento. El juzgado de lo Social 4 de Alicante ha condenado al organismo deportivo municipal por fraude de ley en la contratación de un conserje al que despidió en abril y ahora deberá indemnizar o readmitir. En la misma situación se encuentran otros 14 conserjes, 12 de los cuales han presentado denuncia judicial contra el Patronato y cuyos juicios se están celebrando en las últimas semanas. La sentencia considera improcedente el despido porque el Patronato no acreditó que el contrato formalizado fuera por obra y servicio y le condena también a pagar los salarios de tramitación, es decir, las retribuciones correspondientes desde la fecha del despido hasta la de la notificación de la sentencia.
Fuentes sindicales del Ayuntamiento dieron ayer por hecho que la gran mayoría de las 11 sentencias judiciales pendientes serán condenatorias y fijaron en más de 25.000 euros en total la cantidad a pagar si el Patronato opta por la no readmisión. En la misma situación que los conserjes se encuentran varios monitores.
Llueve sobre mojado en la gestión laboral de este organismo municipal, toda vez que el Ministerio de Trabajo multó al Ayuntamiento en octubre pasado con 210.000 euros por la cesión ilegal de trabajadores por parte de dos empresas -Evento y Sport Ocio 2010- al Patronato en las piscinas de Babel y el Monte Tossal y el polideportivo de Lo Morant.
En esta ocasión, la juez considera probado que tras el despido del denunciante y otros cuatro trabajadores más que tenían un contrato temporal por obra o servicio, el Patronato contrató a otros seis conserjes "que desempeñan funciones idénticas" a las de los despedidos. La sentencia, contra la que cabe recurso ante el TSJ, mantiene que el contrato en cuestión "ha sido celebrado en fraude de ley al no haber especificado el Patronato la causa de la temporalidad" en el mismo.
El fallo recuerda que el contrato para obra o servicio se caracteriza por que la actividad a realizar por la empresa consiste en la ejecución de una determinada actuación que necesariamente tiene una duración limitada en el tiempo y responde a necesidades no permanentes de producción, "por lo que no cabe el recurso a esta modalidad contractual para ejecutar tareas de carácter permanente y duración indefinida en el tiempo" como las efectuadas por los conserjes despedidos.
Un ente público con servicio jurídico privado
De susto en sobresalto jurídico, el Patronato de Deportes recurre habitualmente a abogados privados para plantear su defensa en los diferentes casos que debe afrontar sin tener en cuenta los servicios jurídicos municipales. "Es una práctica cuestionable porque supone un sobrecoste para las arcas públicas de difícil justificación", explicaron ayer fuentes municipales. En el caso de los conserjes despedidos concurre el hecho de que el propio secretario del Patronato elaboró un informe a petición del presidente, Miguel Cabeza, en el que dejaba constancia de la irregularidad que supone contratar por obra y servicio a trabajadores para una tarea de carácter permanente e ilimitada en el tiempo. No sirvió de nada.