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J. E. M. El Ayuntamiento de Alicante ultima una ordenanza para proteger los árboles monumentales de interés local del término municipal que también afectará a los ejemplares de titularidad privada situados en parcelas, urbanizaciones y demás propiedades particulares. Así entra en los planes de la Concejalía de Servicios y Mantenimiento, que ya ha comenzado a inventariar el patrimonio arbóreo monumental de la ciudad a través de un catálogo que recoge y localiza todos los ejemplares y grupos de interés, así como una serie de prohibiciones para reforzar su protección y el consiguiente régimen sancionador para casos de infracción. Ficus como los de la plaza de Gabriel Miró y el Portal de Elche y olmos como los del Panteón de Quijano son algunos de los ejemplares más relevantes de titularidad pública, mientras que los más valiosos de propiedad privada son olivos y algarrobos centenarios situados en la zona de la huerta.
El catálogo elaborado por el servicio municipal de Parques y Jardines define como patrimonio arbóreo monumental al "conjunto de árboles cuyas características botánicas de monumentalidad o circunstancias extraordinarias de edad, porte u otros tipos de acontecimientos históricos, culturales, científicos, de recreo o ambientales los hagan merecedores de protección y conservación". En este inventario se recogen todos los árboles monumentales, "independientemente de la naturaleza y propiedad del suelo sobre el que se asienten", matizó Andrés Llorens, concejal de Servicios. "El objetivo último del catálogo y la posterior ordenanza", prosiguió, "es el de preservar el buen estado y prolongar la vida de este gran patrimonio de la ciudad".
Una vez finalizado el inventario, el Ayuntamiento deberá aprobarlo en pleno y remitirlo a la Generalitat para que lo incluya en su propio catálogo de protección. Acto seguido, el Consistorio redactará la ordenanza sobre arbolado y zonas verdes para reforzar las medidas de preservación.
Buena parte de esas medidas ya se recogen en el catálogo municipal, que delimita una zona de seguridad para todos los árboles o conjuntos arbóreos monumentales que, como mínimo, abarcará la proyección de su copa. Dentro de ese perímetro de seguridad queda prohibida la canalización de cualquier red -ya sea eléctrica, de gas, agua o telemática-, la apertura de zanjas, colocación de bordillos y la instalación de cualquier elemento de mobiliario urbano con anclaje en el suelo. También se prohíbe la circulación de maquinaria pesada, el depósito de materiales y el vertido de cualquier líquido nocivo para las raíces.
Todo ello en superficie, porque respecto a la parte aérea de los árboles también está prohibido cortar cualquier parte del ejemplar, clavar, marcar el tronco y atar alambres, cuerdas, focos o cualquier otro elemento, así como fijar pancartas y alumbrados artísticos, invadir la proyección aérea del área de seguridad con cualquier estructura y cambiar la altura de edificaciones cercanas que puedan influir en el régimen de sombras.
El reglamento de protección también prohíbe expresamente el arranque, transplante y la tenencia de ejemplares arrancados, además del comercio y todo tipo de transacción con ellos. De este apartado se excluye la venta ligada a la transferencia de la propiedad del terreno, siempre y cuando el árbol en cuestión permanezca en el futuro en su misma ubicación.
Por el contrario, el catálogo autoriza los trabajos de cultivo y tratamientos fitosanitarios, la recolección de frutos y de restos de talas y podas. Los dueños también tendrán derecho a utilizar los árboles como elementos de actividades educativas.
En cuanto al régimen sancionador, el Ayuntamiento de Alicante reclamará indemnizaciones económicas a aquellas personas o entidades que puedan causar daños en el arbolado. La cuantía se valorará a través de la Norma Granada elaborada por la Asociación Española de Parques y Jardines Públicos, que contempla múltiples variables a la hora de evaluar un ejemplar, tales como si es o no sustituible, su tamaño, precio medio en vivero, circunstancias de estado, singularidad, año de plantación, estética, funcionalidad, expectativa de vida útil, etcétera.
"Hemos querido elaborar una ordenanza lo más proteccionista posible", explicó Llorens, "en la línea de las que ya están en vigor en otras ciudades como Vitoria, que recoge hasta la altura de las fachadas o la cantidad de agua que necesita cada tipo de árbol". El área municipal de Servicios destaca que todos los riegos de parques y jardines se efectúan ya con agua depurada. "Uno de nuestros modelos a seguir es el de Valencia, que cuenta con un gran patrimonio arbóreo, pero está claro que nosotros no tenemos la misma naturaleza del suelo y disponibilidad de agua", agregó el concejal.
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