ISABEL VICENTE
Se acabó aquello de "lo tuyo es mío", al menos por estas tierras. Y es que, los matrimonios que se celebren a partir de hoy en la Comunidad Valenciana se regirán por el sistema de separación de bienes a no ser que la pareja especifique lo contrario. Hasta ahora, y tal como ocurre en el resto de España a excepción de Cataluña, los matrimonios se regían de forma automática por el sistema de bienes gananciales y si se quería acoger a la separación de bienes había que recurrir a un notario y cambiar el sistema. Ésta es la principal novedad de la Ley de Régimen Económico Matrimonial que entra hoy en vigor tras publicarse ayer en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la decisión del Tribunal Constitucional de levantar la suspensión cautelar de la Ley, dictada después de que el Gobierno la recurriera. El Ejecutivo central consideraba que la Generalitat no tenía competencias para modificar el derecho civil común que rige en todo el país y del que sólo escapan las autonomías con un régimen foral vigente, como es el caso de Cataluña. Por su parte, el Tribunal Constitucional -que sólo se ha pronunciado sobre el levantamiento de la suspensión de la ley, y que próximamente deberá decidir sobre el fondo de la inconstitucionalidad o no del texto autonómico- ha permitido la entrada en vigor de la nueva norma para evitar un "indebido bloqueo" de las competencias autonómicas.
En cualquier caso, y al margen de las cuestiones jurídicas, las personas que se casen a partir de hoy deben saber que si no especifican lo contrario, lo harán con separación de bienes, manteniendo así cada uno de los cónyuges sus posesiones y sus ingresos después de la boda.
El conseller de Gobernación, Serafín Castellano, defendió ayer esta ley, la primera que recupera el derecho foral valenciano tras la aprobación del Estatuto de Autonomía. Castellano señaló que supone un paso adelante en el ejercicio del autogobierno, y el desarrollo del Derecho Foral Civil tal y como recoge el Estatuto de Autonomía. El conseller aseguró que esta ley es la primera en establecer recortes de derechos para el miembro de la pareja que haya ejercido violencia contra su cónyuge y medie sentencia firme, ya que "se beneficiará a la víctima del maltrato en cuestiones como la vivienda familiar". Además, dijo que es una ley pionera en tener en cuenta el trabajo doméstico a la hora de liquidar el régimen económico matrimonial.
Castellano explicó que desde el año 2003 "prácticamente el 75 por ciento de los nuevos matrimonios acudían a la notaría tras casarse para acogerse al régimen de separación de bienes", de forma que la Ley, a su juicio, "está acorde con la voluntad de la sociedad".
Por contra, colectivos feministas y de defensa de la mujer consideran que la Ley puede perjudicar a muchas mujeres, especialmente a aquellas con dificultades de acceso al mercado laboral y menor nivel económico y cultural, que, al casarse, desconozcan el régimen económico imperante y que se puedan encontrar en situación de desamparo en caso de separación al no tener derechos sobre los ingresos y bienes de su pareja.
Vía libre del Tribunal Constitucional a la ley en la Comunidad
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó ayer la decisión del Tribunal Constitucional de levantar la suspensión de la Ley de Régimen Económico Matrimonial Valenciano, que decidió el pasado mes de abril tras admitir el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno sobre esta norma, la primera del nuevo Estatuto de autonomía que desarrolla el derecho civil foral y que con esta publicación entrará en vigor hoy. La decisión de levantar la suspensión se adoptó por el pleno del TC, que considera que el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Gobierno ocho meses después de la publicación de la ley impugnada era extemporáneo al dirigirse contra la totalidad de la normativa y "desbordar" por tanto el ámbito propio de las "discrepancias" que existían sobre 11 artículos.
El Constitucional admitió el 17 de abril a trámite el recurso del Gobierno central contra la ley, lo que implicaba la suspensión de norma, que iba a entrar en vigor el 25 de abril. El Ejecutivo consideraba que pretendía adoptar un modelo diferente del derecho civil que rige en el conjunto del país en cuestiones referidas a la regulación de la carta de nupcias, aspectos de la separación de bienes y la regulación de las donaciones matrimoniales, entre otros.