EFE
Dicha ley -que entre otros aspectos recupera la separación de bienes para los matrimonios de la Comunitat- tenía que haber entrado en vigor el pasado 25 de abril, pero el Gobierno presentó un recurso de inconstitucionalidad que fue admitido a trámite por el Constitucional, que acordó la suspensión de la aplicación de la ley.
El Constitucional acordó el pasado 12 de junio levantar esa suspensión, decisión que hoy se publica en el BOE, lo que implica que desde mañana entrará en vigor en la Comunitat Valenciana esta ley, la primera que desarrolla los contenidos del nuevo Estatuto de Autonomía y que pretende recuperar el Derecho Foral valenciano.
Entre otras cuestiones, la ley de Régimen Económico Matrimonial Valenciano (LREMV) establece que, a falta de carta de nupcias o capitulaciones matrimoniales, o cuando estas sean ineficaces, el régimen económico aplicable será el de separación de bienes, frente al de gananciales que hasta ahora se aplica.
La decisión del Tribunal Constitucional -que sólo se ha pronunciado sobre el levantamiento de la suspensión de la ley, y que próximamente deberá decidir sobre el fondo de la inconstitucionalidad o no del texto autonómico- se adoptó para evitar un "indebido bloqueo" de las competencias autonómicas.
El auto del Constitucional contó con un voto particular de dos magistrados, que consideraron que el recurso era "parcialmente extemporáneo", ya que se presentó ocho meses después de la publicación de la ley y "desbordando el ámbito" de las discrepancias expuestas en la Comisión Bilateral de Cooperación.
En dicha Comisión, la Generalitat y el Gobierno debatieron sobre las discrepancias que el Ejecutivo central tenía acerca de once artículos de la ley valenciana, pero finalmente no alcanzaron ningún acuerdo y el Gobierno decidió presentar un recurso de inconstitucionalidad a la totalidad de la ley.
Los artículos sobre los que el Gobierno central manifestaba sus discrepancias se referían a distintos aspectos relacionados con el régimen legal de separación de bienes, con la carta de nupcias o capitulaciones matrimoniales, y con la germanía (figura foral que implica que los cónyuges pueden pactar que determinados bienes sean gananciales).