EFE
Romero ha señalado que es "poco habitual que el Gobierno tarde tanto en pronunciarse sobre un tema", y más en este caso, en el que los delitos por los que se acusa a Cartagena, malversación de caudales públicos y falsedad en documento mercantil, "tienen un plazo de prescripción de cinco años" y ya han transcurrido cuatro.
Este plazo empezaría a contar desde la última sentencia firme del Tribunal Supremo, que fue emitida en marzo de 2004, por lo que en ese mismo mes de 2009, si el Gobierno todavía no se ha pronunciado, los delitos prescribirían.
La Audiencia de Alicante impuso a Cartagena en marzo de 2002 una pena de cuatro años de prisión y seis de inhabilitación por los citados delitos, además de una multa de 5.400 euros.
El Tribunal consideró probado que "hizo suyos con intención de propio beneficio" un total de 49.000 euros procedentes del superávit de gestión del hospital municipal San Juan de Dios, gestionado por las Hermanas Carmelitas, cantidad que recibió en 1993 y que, de acuerdo con el fallo, no ingresó en las arcas municipales.
El Tribunal también condenó a Cartagena a indemnizar al consistorio oriolano con la cantidad que recibió, al tiempo que impuso una pena de un año de cárcel a otro procesado en esta causa, el empresario Ángel Fenoll.
En abril de 2004, un mes después de haber sido ratificada la sentencia por el Tribunal Supremo, el ex alcalde de Orihuela presentó una solicitud de indulto, pero el Consejo de Ministros todavía no se ha pronunciado sobre la cuestión.