VIOLENCIA DOMÉSTICA

El Supremo falla que las ex parejas están obligadas a declarar contra sus agresores

 

J. A. M. El Tribunal Supremo ha fallado en una sentencia apelada por la Fiscalía de Alicante que las ex parejas están obligadas a declarar contra sus agresores, y no pueden acogerse a este derecho. Con este sentencia, se anula un juicio de la Audiencia Provincial en el que una mujer, que supuestamente fue violada con una zanahoria por su ex pareja, se acogió al derecho a no declarar contra él. La decisión del tribunal contó con la oposición de la Fiscalía que argumentaba que la mujer no podía acogerse a este derecho, porque en el momento del juicio ya no tenía ningún vínculo con su presunto agresor y esta dispensa no se aplicaba a las parejas de hecho.
La Audiencia Provincial acabó absolviendo al acusado por falta de pruebas, ya que ni siquiera se admitió las declaraciones de la mujer ante la Policía ni ante el juzgado tras la agresión.
La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha fallado que la actuación de los magistrados vulneró el derecho a la tutela judicial efectiva, al privar ilegalmente a la Fiscalía de una prueba que pudo ser fundamental para sacar adelante la acusación, y originó indefensión al fiscal. El Tribunal Supremo ha obligado a celebrar un nuevo juicio advirtiendo a la víctima que tiene la obligación de declarar y que lo que diga tiene que ser verdad.
La sentencia sienta un importante criterio que estaba causando numerosas absoluciones de presuntos maltratadores. Al llegar al juicio, las víctimas se negaban a declarar contra ellos acogiéndose a su derecho a no testificar contra sus parejas. El Supremo señala que este derecho no existe si la pareja no tiene ninguna relación en el momento en que se celebra el juicio.

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