TRIBUNALES

El TSJ dice que la Policía puede detener sin la orden judicial a los presos fugados

La sala de gobierno deja sin resolver a qué juzgado le corresponde ordenar estos arrestos pese a la negativa de algunos jueces a encarcelar a reclusos capturados sin esas requisitorias

 

J. A. M. E
l Tribunal Superior de Justicia (TSJ); de la Comunidad Valenciana no cerró ayer un acuerdo sobre a qué juzgados les corresponde dictar las órdenes de busca y captura de los presos que no vuelven a prisión. La sala de gobierno aseguró ayer que la orden es innecesaria porque la Policía puede detener a los reclusos fugados sin necesidad de ella y que los jueces de guardia están obligados a reintegrarlos a la prisión de la que se fugaron y abrir un atestado por el delito de quebrantamiento de condena.
Como publicó este diario, la polémica se ha suscitado al alertar la Policía de que once presos de Fontcalent y Villena que no volvieron a prisión seguían sin orden judicial de busca y captura, al no existir un acuerdo claro sobre qué juzgado debe dictar la requisitoria.
La sala del gobierno del TSJ resolvió ayer que esta orden no es necesaria para que se detenga a los reclusos fugados. La Policía debe detenerlos y el juez de guardia reintegrarlos a la prisión donde cumplen condena, en aplicación del artículo 500 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Es el criterio que aplicaron los jueces de Alicante cuando hace un año los juzgados de Vigilancia Penitenciaria de toda España acordaron dejar de poner estas órdenes y busca y captura. El TSJ recuerda que la Policía puede proceder a la detención sin necesidad de ninguna orden ni del juzgado de Vigilancia Penitenciaria ni del tribunal sentenciador, en aplicación del artículo 492 de esta misma ley.
Estos criterios sin embargo no han estado tan claros para algunos juzgados españoles cuando la Policía ha llevado a presos fugados sin órdenes de detención. La cifra de presos fugados de cárceles de Fontcalent y Villena ha pasado de 34 a 15 durante el último año tras ser detenidos por la Policía en distintas provincias españolas. En muchos casos, los agentes tuvieron problemas en el juzgado porque el magistrado de guardia ponía pegas al hecho de que el detenido no tuviera una orden judicial de detención. El último caso se registró en la localidad murciana de Lorca, donde la juez llegó a poner en libertad a uno de estos presos por la falta de la orden judicial. Las fuerzas de seguridad tuvieron que pedir al juez de Vigilancia Penitenciaria de Villena que dictara la requisitoria para poder detenerle otra vez y volverlo a presentar ante el juzgado. A pesar de estos problemas, los representantes del poder judicial lo consideran casos puntuales. En este sentido, el presidente de la Audiencia Provincial, Vicente Magro, aseguró ayer que estos problemas no se han registrado en la provincia y que los magistrados tienen los criterios claros.
El acuerdo del TSJ será remitido a la Comisaría Provincial de Alicante, que fue quien planteó sus dudas sobre si era preciso dictar las órdenes de busca y captura en estos casos antes de que las fuerzas de seguridad practicasen la detención.
El presidente de la Audiencia alicantina remitirá hoy a la Comisaría un protocolo de actuación para las fuerzas de seguridad en casos de presos que no se reincorporen a la prisión tras disfrutar de un permiso. Para estos casos, el centro penitenciario deberán comunicarlo a las fuerzas de seguridad, la juez de Vigilancia Penitenciaria y al tribunal sentenciador y el reo podrá ser detenido con independencia de que exista o no orden de busca y captura. El asunto deberá ser abordado en la próxima comisión de policía judicial del 13 de junio, en la que jueces, fiscales y policías coordinan su actuación. También la junta de fiscales tratará el problema en su reunión de la próxima semana.

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