N. IGLESIAS
Una corrección que excedió los límites. Un juzgado de lo penal de Alicante ha condenado al pago de 180 euros por una falta de lesiones a un padre que propinó un mordisco en la mejilla a su hijo de catorce meses para corregirle una mala conducta. La sentencia considera que por la corta edad del pequeño la actuación del progenitor sobrepasó los límites del derecho de corrección. La Fiscalía solicitaba para el acusado una pena de ocho meses de prisión, así como la prohibición de aproximarse al menor a una distancia inferior de 300 metros durante un periodo de dos años por un delito de violencia en el ámbito familiar.
Los hechos sucedieron en febrero de 2007 cuando el acusado, en trámites de separación de la madre del pequeño, se encontraba en el domicilio de su ex pareja para visitar al menor. El progenitor, según recoge la sentencia, recibió un mordisco del niño y con la finalidad de reprenderle por esta mala costumbre respondió de igual manera dándole un mordisco. Una acción que ocasionó al niño una lesión por mordedura en la "hemicara derecha" que tardó en curarse cuatro días y por la que requirió asistencia sanitaria. Durante su declaración en el juicio, el acusado incidió en el hecho de que su intención no era la de ocasionar daños a su hijo, ya que sólo "succionó" al bebé en la mejilla sin "usar los dientes".
La sentencia atiende, asimismo, a la circunstancia de que el acusado no convivía con el menor cuando se vivió esta situación, por lo que no considera los hechos constitutivos de un delito de violencia en el ámbito familiar.