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N. IGLESIAS El Juzgado de lo Penal de Alicante ha absuelto al facultativo José María Rubio de un delito de homicidio por imprudencia profesional en el caso en el que perdió la vida un joven al que se le practicó en 2005 una operación de reducción de estómago. La sentencia considera que no existen indicios de una equivocación "inexcusable" en el procedimiento sanitario seguido por el acusado, ya que la causa que determinó la muerte del paciente no era previsible.
El Ministerio Fiscal solicitó para el procesado una pena de dos años y seis meses de prisión y la inhabilitación durante un periodo de cuatro años del ejercicio profesional. Asimismo, reclamaba una indemnización de 90.000 euros para los padres del fallecido tanto al médico -ex diputado provincial del PP hasta el año 2003- como a la clínica Medimar en la que se realizó la intervención quirúrgica.
El fallo dictado por el juez absuelve así finalmente al acusado al considerar que tras las declaraciones de los facultativos y las pruebas aportadas por los peritos y forenses no es "posible" asegurar que existiese conocimiento y previsibilidad del riesgo de la infección que determinó la muerte del joven de 27 años.
El juez advierte, además, de la dificultad de determinar, como ya se manifestó durante el juicio, el origen de la dolencia que provocó el fallecimiento y el hecho de que la detección de la infección en la pared externa por la que sí fue tratado el paciente "constituía una explicación suficiente de los síntomas más preocupantes que registraba". De igual manera, el fallo subraya la inexistencia de síntomas "claros de complicaciones internas" que suelen darse en este tipo de pacientes con obesidad mórbida, como son las "taquicardias".
Pese a estas conclusiones, la resolución constata que al margen de cuál fuese el origen de la infección interna que registró el paciente "ésta existió y el acusado no la detectó", lo que implica que durante algún momento del postoperatorio se produjo un error de diagnóstico.
Así, la sentencia advierte de que el procesado "interpretó de manera equivocada" el cuadro médico del paciente, limitando a la infección externa que presentaba la "causa" de su estado. Un error que condujo a José María Rubio a no aplicar el tratamiento adecuado y a que cuando éste se suministró la situación de la víctima ya fuese "irreversible".
Esta línea argumental ya fue recogida durante el juicio en el informe forense efectuado por el director del Instituto de Medicina Legal de Alicante, Rafael Bañón, en el que, además, subrayó que la situación que presentaba el paciente despertaba "la sospecha" y "la obligación de una conducta distinta de la que se practicó".
El Ministerio Fiscal recurrirá la sentencia
El Ministerio Fiscal recurrirá a la Audiencia Provincial la sentencia dictada por el magistrado del Juzgado de lo Penal de Alicante en la que se absuelve del delito de imprudencia profesional grave a José María Rubio. La Fiscalía solicitaba para el acusado una pena de dos años y seis meses de prisión, así como la inhabilitación profesional por cuatro años, al entender que la vigilancia y seguimiento ejercida por el facultativo tras la intervención no fue la adecuada.
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