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JOSÉ ANTONIO MARTÍNEZ El Tribunal Supremo dio ayer por cerrado el proceso judicial abierto en 1990 por el motín de Fontcalent al confirmar, con matices, la sentencia dictada por la Audiencia de Alicante. El alto tribunal, que ya anuló el primer juicio por estos incidentes, aseguró que el proceso se hizo con todas las garantías para los acusados y descartó que el fuerte dispositivo de seguridad montado en la sala para evitar incidentes hubiera vulnerado sus derechos fundamentales.
Los magistrados han descartado la aplicación de la agravante de reincidencia para los acusados, lo que ha supuesto una pequeña rebaja en las penas para algunos de los acusados, rebajas que oscilan entre los dos años y los seis meses y que son insignificantes para unas condenas que suman los 500 años de prisión. Según el fallo, la agravante se aplicó sin tener en cuenta las circunstancias procesales de cada acusado, de manera que se desconocían tanto las penas impuestas ni su fecha de extinción. Por tanto, no constaban los plazos de aplicación de esta agravante. Por ello, a Antonio Cortés, presunto cabecilla de la revuelta, les han quitado dos años de la pena de 106 a la que fue condenado. A los otros procesados se les quita seis meses.
Asimismo, el Supremo la indemnización de 60.000 euros para los hermanos del preso asesinado en la revuelta y que tenía que pagar el Estado como responsable civil subsidiario por los fallos en la seguridad. Según el fallo, no se ha acreditado que el fallecido tuviera una mínima relación con ellos o que éstos dependieran de él económicamente.
Los hechos se remontan a noviembre de 1990 cuando un grupo de reclusos de Fontcalent secuestraron a ocho funcionarios para exigir mejoras penitenciarias. Durante la revuelta, los amotinados mataron a un preso argelino para presionar a las autoridades en la negociación. El primer juicio celebrado en el año 2002 fue anulado por el Supremo al entender que se vulneraron los derechos fundamentales de los acusados por declarar desde la cárcel a través de videoconferencia. La Audiencia esgrimió motivos de seguridad para defender el uso de este sistema, pero el Supremo no compartió este criterio y dijo que se repitiera el juicio adoptando las medidas que se estimaran necesarias. En el segundo juicio, once de los acusados fueron condenados y las defensas de siete de ellos volvieron a recurrir al Supremo, entre ellos los presuntos cabecillas de la revuelta, entre los que estaban Antonio Cortés (condenado a 106 años); y Manuel Pinteño (condenado a 80 años);. Ambos estaban representados por el abogado que consiguió la anulación del primer juicio, Enrique Botella, y ahora han sido condenados a pagar las costas del procedimiento al no ser admitidos sus argumentos.
El nuevo juicio se celebró en la Audiencia en 2006 con un espectacular despliegue de seguridad, que las defensas consideraron excesivo y que fue uno de los argumentos en los que se apoyaba este nuevo recurso ante el Supremo. El alto tribunal recuerda que muchos de los procesados estaban acusados de delitos graves y existía una situación de "potencial peligrosidad" con "riesgo de fuga". El fallo descarta que la presencia policial haya supuesto coacciones para los acusados, o influyera en la imparcialidad del tribunal. Los magistrados recuerdan que el colectivo judicial está acostumbrado a enfrentarse a diario a este tipo de situaciones, es decir, tomar declaración a reos acompañados de la fuerza pública y que ese hecho no influye en su imparcialidad. Tampoco se ha admitido el argumento de que las actas del primer juicio anulado se incorporaron al expediente, porque éstas no se tuvieron en cuenta al dictar sentencia.
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