EUROCOPA
Título de "hijo predilecto" a Franco

El Síndic de Greuges admite una queja contra Alperi por violar la Ley de la Memoria Histórica

 15:31  
El Síndic de Greuges admite una queja contra Alperi por violar la Ley de la Memoria Histórica
El Síndic de Greuges admite una queja contra Alperi por violar la Ley de la Memoria Histórica 

El Síndic de Greuges ha admitido a trámite una queja presentada por la Plataforma de Iniciativas Ciudadanas (PIC); de Alicante contra el alcalde, Luis Díaz Alperi, por vulnerar la Ley de la Memoria Histórica al exigir 25.000 firmas para retirar el título de "hijo predilecto" a Francisco Franco.

EFE En el pleno municipal del pasado 22 de febrero, el PSPV-PSOE presentó una moción para que el Ayuntamiento aplicara la ley de la Memoria Histórica y anulara las distinciones concedidas durante el régimen franquista, concretamente la de hijo predilecto en 1940, la medalla de oro en 1966 y el título de alcalde honorario perpetuo.

Ante esta petición, Alperi instó al grupo socialista a reunir en dos años la firma de 25.000 alicantinos, momento en el cual convocaría un pleno municipal para aprobar la retirada de las condecoraciones.

Según la PIC, con la imposición de esta condición, el alcalde "está supeditando el cumplimiento de la Ley de la Memoria Histórica a un requisito no previsto por la misma, como es la recogida de 25.000 firmas, lo que en términos jurídicos es inaceptable".

Esta normativa establece en su artículo 15.1 que las Administraciones públicas "tomarán las medidas oportunas para la retirada de escudos, insignias, placas y otros objetos o menciones conmemorativas de exaltación, personal o colectiva, de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión de la Dictadura".

Por ello, según la PIC, "la petición de Alperi es absolutamente arbitraria, al carecer de base legal alguna y no basarse en ninguna norma, criterio o disposición administrativa".

En el escrito remitido por el Síndic de Greuges, al que ha tenido acceso EFE, se admite a trámite la queja presentada por la Plataforma contra el alcalde y el ayuntamiento alicantino, que también ha sido trasladada ante el Defensor del Pueblo.

Para la PIC, Alperi podría haber cometido un acto de "arbitrariedad" prohibido en el artículo 9 de la Constitución Española, que establece que los poderes públicos están sujetos al ordenamiento jurídico.

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