El Tribunal de Marcas de la Audiencia Provincial ha dado la razón a la empresa holandesa «Canna» en el litigio por el uso de esta marca para la comercialización de abonos y fertilizantes para plantas de cannabis en toda la Unión Europea. Esta empresa había presentado una demanda contra otra empresa española que comercializaba fertilizantes para esta planta con el nombre «Bio-Canna». El juzgado de lo Mercantil de Alicante dio la razón a los holandeses en la primera parte del pleito, y ahora la Audiencia ha confirmado esta sentencia aunque ha reducido ligeramente la indemnización que deberá abonar la empresa demandada.

La sentencia obliga a los demandados a cesar inmediatamente y a abstenerse en el futuro en el territorio de la Unión Europea de seguir usando la marca «Bio-Canna», así como a renunciar a la titularidad del dominio que, con ese nombre, tenía registrado en internet. El fallo también les obliga a la retirada del producto y toda la publicidad del mismo, así como a su destrucción a costa de los demandados.

El fallo de la Audiencia viene a confirmar que el uso de la palabra «bio» no puede atribuirse en exclusiva a una empresa, pero sin embargo, la raíz «canna» para comercializar abonos de plantas de marihuana es una expresión que los holandeses han registrado en la OAMI, y por tanto son los propietarios de la marca. El Tribunal de Marcas no contempla las diferencias tipográficas usadas en las dos marcas y reitera que lo que causa confusión en el consumidor es la palabra en sí.