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El Banco de España detectó malas prácticas en Caja de Alcoy a los 5 meses de abrir

Una inspección apreció problemas económicos en 1988 y el consejo rector propuso recortar gastos
y aplicar un plan de viabilidad

 
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El abogado Luis Ferrer Monforte aportó datos nuevos sobre la gestión de la Caja de Crédito de Alcoy<br/>
El abogado Luis Ferrer Monforte aportó datos nuevos sobre la gestión de la Caja de Crédito de Alcoy
 DAVID COSTA

M. CANDELA E


l Banco de España detectó malas prácticas en la Caja de Crédito de Alcoy a los cinco meses de su puesta en marcha, lo que obligó al consejo rector de la entidad a tomar medidas, según revelan las actas de dicho órgano, difundidas en la sesión de ayer del juicio en la Audiencia de Alicante por el abogado de la acusación particular, Luis Ferrer.
La Caja de Alcoy inició su actividad a finales de septiembre de 1987 y ya en febrero de 1988 el consejo rector tuvo constancia de que el Banco de España había detectado problemas, que no atribuía específicamente a una gestión delictiva, sino que incluso consideraba podía haber ocurrido "de buena fe". En concreto, el inspector que controló el funcionamiento de la entidad financiera apreció una exagerada inversión en inmovilizado, una plantilla excesiva, falta de captación de pasivo y distorsiones en el propio consejo rector.
El informe, además, alertaba de que esto podría "condicionar el futuro de la Caja de Alcoy", lo que propició que el consejo rector acordara medidas para solucionar los problemas, como una reducción de gastos y plantilla y un plan de viabilidad a corto plazo. El director general Jesús Llopis Ferrer, que hasta el momento aportaba unos balances altamente favorables al consejo rector, atribuye entonces la crisis al interés del Banco de España en "cargarse la Caja de Alcoy", tras desvelar el dictamen del citado inspector.
Estas situaciones, según reveló el letrado Luis Ferrer, originaron una polémica en el consejo rector. De acuerdo con el contenido de las actas, el presidente Ángel Lidiano Llopis Candela, presentó su dimisión en la sesión del 2 de febrero de 1988 tras negarse el director general a dar explicaciones sobre la intervención del Banco de España.
Aparte, el estudio de estas actas -que fueron aportadas por una de las defensas al principio del juicio- ha permitido conocer con detalle que "la Caja de Alcoy generaba pocos ingresos y tenía unos gastos exorbitantes" y que "los empleados eran amigos y familiares", lo que generaba un "pequeño contubernio familiar y amical". La entidad financiera, de acuerdo con los citados documentos, perdió 7 millones de pesetas en los primeros tres meses de funcionamiento, lo que era conocido por los miembros del consejo rector.
La trayectoria financiera fue negativa prácticamente durante toda su trayectoria, ya que los datos aportados por el abogado de la acusación particular indicaron que la Caja de Alcoy cerró con pérdidas los ejercicios 1987, 88, 89 y 90 y con "un pequeño beneficio" el de 1991. Los libros contables de 1992 y 1993 "no existen", según indicó el referido letrado, mientras la defensa del director general Jesús Llopis aseguró que los citados volúmenes fueron presentados a la Generalitat Valenciana -que había recibido la transferencia de competencias- y que no los legalizó porque no se había aprobado la normativa.

Probados los cheques sin fondos en un fallo penal
Además, la nueva documentación ha permitido conocer algunos detalles novedosos sobre la denuncia que, en su día, presentó el director de la Cámara de Compensación del Banco de España, tras una comunicación del Banco de Santander, contra los dos máximos directivos de la Caja de Alcoy. Ya se sabía que ambos habían sido absueltos, pero, según explicó ayer Luis Ferrer, la lectura del fallo judicial ha revelado que en las consideraciones el Juzgado de lo Penal de Alicante que llevó el caso consideró "hecho probado" que tanto Jesús Llopis como Mercedes Llopis tramitaban cheques sin fondos para obtener recursos contables sin coste alguno, una práctica que sirvió "para ocultar la gestión que venían realizando y que desembocó en la crisis de la entidad". La acusación particular destaca sobremanera este hecho, dado que al igual que la calificación de "quiebra fraudulenta" no tiene impacto sobre este proceso, porque fue una resolución civil, la relativa a los cheques sí lo tiene porque fue una sentencia penal. Se da la circunstancia, por último, de que el juez que falló aquél caso preside este tribunal.

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