M. CANDELA
L
os afectados por la quiebra, que ejercen la acusación particular a través de su representante legal, rechazaron ayer de forma contundente que el proceso haya prescrito o que se hayan registrado dilaciones indebidas, que, en cualquier caso, atribuyen a la acción de los directivos "con continuos recursos y cambios de abogados", según expuso en su informe el letrado Luis Ferrer, que pidió un veredicto de culpabilidad.
Luis Ferrer, que sintetizó en 135 minutos 15 años de procesos legales, dijo que la tramitación de cada asunto en los tribunlaes "ha sido la normal" y que si ha habido dilación, en ningún caso "indebida", ha sido por los recursos de los acusados y los cambios de abogados. Sí admitió la posible prescripción del delito de apropiación indebida, pero en modo alguno del de insolvencia punible (quiebra fraudulenta);, que es la imputación principal. El letrado no tuvo dudas en trasladar al tribunal que "los grandes perjudicados por la dilación son los perjudicados, los que confiaron en aquella Caja que actuó de forma dolosa" provocando que "en 1993 perdieran lo que tenían. Al final, 1.400 personas pobres, jubiladas, fueron embaucadas".
El letrado centró su acusación contra los tres principales directivos, Jesús Llopis, Mercedes Llopis y Jesús Lidiano Llopis, responsabilizándoles de la concesión de créditos sin las garantías necesarias y de una política general de préstamos concentrada en grupos de familiares, amigos y personas con las que se compartían otros negocios.
Tras relatar que los problemas ya surgieron en 1988, apuntó que Jesús y Mercedes Llopis "tenían los mismos poderes y no estaban supeditados el uno al otro", mientras Jesús Lidiano Llopis no puede ser considerado "cómplice" sino "autor o coautor porque se lleva dinero". Significó que "Jesús Llopis era el alma mater y tiene una actuación completamente y irregular y consciente. Disponía de los ahorros de toda la vida de los clientes en beneficio propio". Por todo ello, solicitó una condena de culpabilidad para los tres directivos, para los que se piden 6 años de prisión.
La última parte estuvo centrada en el consejo rector, argumentando que este órgano era conocedor de las dificultades existentes y no actuó para paliarlas. "No pueden alegar desconocimiento y no actúan", lo que a su juicio justifica la imputación de un delito de insolvencia punible y la misma petición que para los directivos.
En su alegato, Ferrer admitió que los afectados deberán devolver la subvención del Consell si se reintegra el total de las cantidades perdidas.