El Ayuntamiento ha recibido de Conselleria una ayuda económica de 41.0221 euros para aquellas personas que no puedan asumir los gastos derivados del consumo de energía eléctrica, gas o agua. Las solicitudes se tendrán que entregar presencialmente hasta el 31 de octubre en el Registro General del Ayuntamiento. De momento se han recibido un total de 70 peticiones.

La concejala de Vivienda, María Baca, explica que «las familias que no pueden hacer frente al pago de los suministros básicos podrán aprovechar estas ayudas. Desde el Ayuntamiento continuaremos trabajando para apoyar a todas estas familias, seguiremos apostando por las políticas sociales y desde el departamento de Vivienda continuaremos trabajando para ayudar con más recursos a las personas que están en riesgo de exclusión social».

La Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas ha otorgado al Ayuntamiento de Alcoy una partida presupuestaria de 41.021 € en relación a la convocatoria de las prestaciones económicas para la lucha contra el empobrecimiento energético. La cuantía inicial a la cual podrá optar cada beneficiario será de 80 € anuales, que se podría incrementar a partes iguales entre los demandantes hasta un máximo de 500?€ en el supuesto de que no se repartiera la consignación en toda su plenitud. Hasta el momento se han recibido 70 solicitudes aproximadamente.

Se podrán adscribir a las ayudas todas aquellas personas que se encuentran en situación de grave necesidad o en riesgo de exclusión social, además de reunir una serie de requisitos. En primer lugar encontrarse empadronado en la ciudad de Alcoy y constituir la vivienda en el domicilio habitual; por otro lado, que la vivienda objeto de las ayudas disponga de contrato con una empresa comercializadora de energía eléctrica, gas o agua. La unidad familiar se tendrá que encontrar al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento y a su vez, no disponer de recursos económicos suficientes para afrontar los gastos derivados del suministro; en cualquier caso, la unidad familiar no podrá superar el Indicador Público de Renta de Efectos Públicos (IRPEM) 2017 (7.455,14 €). Por último, los beneficiarios no podrán mantener recibos pendientes de ejercicios anteriores a la adjudicación de estas ayudas, y si fuera así, presentar el correspondiente compromiso de pago.

Las solicitudes tendrán que ser entregadas presencialmente en el Registro General del Ayuntamiento en un plazo que finalizará el 31 de octubre de 2017. La resolución de las solicitudes y la posterior notificación será de 15 a 30 días posteriores a la finalización del plazo de presentación de las solicitudes (31 de octubre). Una comisión de selección y seguimiento será la encargada de resolver las ayudas, previa propuesta a la Junta de Gobierno Local.

Se tiene que recordar que estas ayudas serán incompatibles con cualquier prestación concedida por organismos públicos con el mismo concepto, y que el incumplimiento de los requisitos o condiciones exigidas en la convocatoria supondrá el reintegro de la cantidad recibida.