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Tribunal Supremo

Ratifican la condena al Consell a pagar dos millones a Ibi por el Palacio de Justicia

El tribunal ha inadmitido el recurso de la Generalitat, obligando al abono de intereses desde el fallo del TSJ - La compensación tendrá que hacerse con un alquiler mensual de 15.646 ? en 8 años

El Palacio de Justicia de Ibi el día de su inauguración JUANI RUZ

La sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha inadmitido, por unanimidad, el recurso presentado por Abogacía de la Generalitat Valenciana contra la condena del TSJ a indemnizar al Ayuntamiento de Ibi con 2 millones de euros por la construcción del Palacio de Justicia. La resolución es firme, según han explicado fuentes municipales, por lo que el alcalde Rafael Serralta gestionará de inmediato el pago de la compensación, que tendrá que hacerse a razón de 15.646 euros mensuales durante ocho años.

El Palacio de Justicia de Ibi -el primero del Partido Judicial- fue inaugurado el 27 de enero de 2009 por el presidente Francisco Camps, después de una inversión de 1,7 millones de euros que había adelantado el Ayuntamiento de Ibi, gobernado por el PP y por entonces a cargo de Mayte Parra. Los esfuerzos efectuados desde entonces para que la Generalitat reintegrara la inversión fueron baldíos, hasta que el consistorio decidió tomar la vía de los tribunales. A principios de 2013, se logró firmar un convenio, en el que la Generalitat se comprometía a abonar 15.000 euros mensuales durante más de 8 años... pero el acuerdo no tenía fecha de comienzo.

Tras la demanda judicial, el TSJ admitió el derecho del Ayuntamiento a cobrar y la plena validez del convenio económico, por lo que condenó a la Generalitat a abonar los 2 millones de euros en los términos concertados. El Consell, disconforme con la resolución -y en una época de vacas flacas-, decidió recurrir ante el Tribunal Supremo, una iniciativa que no ha prosperado.

El tribunal, según el auto a cuyo contenido ha tenido acceso este diario, ha inadmitido por unanimidad el recurso interpuesto por el abogado de la Generalitat, declarando firme la sentencia del TSJ y, en consecuencia, el derecho del Ayuntamiento de Ibi a cobrar. El fallo incluye la imposición de las costas al Consell y el derecho del consistorio a cobrar intereses, a partir de la notificación del fallo de la primera instancia.

Así, adquieren plena validez los términos de la sentencia del TSJ, de manera que el Consell abonará 187.840 euros anuales, a razón de 15.646 al mes, durante un período de 8 años «desde el momento en que se efectúe el primer pago». Precisamente, esta cuestión ha sido eje central del proceso, ya que el Consell incidía en que su compromiso de pago era real, pero que la fecha no estaba perfilada, algo que los tribunales han descartado.

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