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Medio Ambiente amplía un mes la prohibición de quemas para prevenir incendios forestales

La Conselleria va a vetar esta actividad entre el 15 de junio y el 16 de octubre

Medio Ambiente amplía un mes la prohibición de quemas para prevenir incendios forestales

La Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural ha decidido ampliar un mes el período de prohibición de quemas como consecuencia de la falta de lluvias. La actividad estará prohibida entre el 15 de junio y el 16 de octubre con el objetivo de prevenir incendios forestales.

El Diario Oficial de la Comunidad Valenciana (DOCV) publicaba el pasado jueves una modificación al calendario general de uso del fuego establecido por el Decreto 98/1995, por el cual se establece que en los terrenos forestales, en los colindantes o con una proximidad menor de 500 metros, previa autorización, podrá realizarse la quema de márgenes de cultivo o de restos agrícolas o forestales, así como la quema de cañares, carrizales o matorrales ligada a algún tipo de aprovechamiento ganadero, cinegético o de cualquier otro tipo, siempre que se produzca fuera del período comprendido entre el 1 de julio y el 30 de septiembre.

La modificación que introduce la resolución de la dirección general de Prevención de Incendios Forestales consiste en ampliar dicha prohibición entre los días del 15 al 30 de junio y del 1 al 16 de octubre, con lo que no se podrá autorizar el uso del fuego para las actividades indicadas en terrenos forestales o a menos de 500 metros, desde el 15 de junio hasta el 16 de octubre, ambos inclusive.

El pasado mes de mayo se inició con un período de normalidad en las precipitaciones y temperaturas, con registros próximos a los habituales en esta época. Sin embargo, las previciones que ofrecen los modelos meteorológicos respecto al aumento de temperaturas y escasas precipitaciones han motivado que se incremente notablemente el riesgo de incendios forestales, adelantando la época de mayor riesgo de incendios.

La directora general de Prevención de Incendios Forestales, Delia Álvarez, explicaba que el decreto que regula las quemas en terrenos forestales establece que los períodos marcados podrán ser modificados en función del peligro de incendio en los montes. «Atendiendo a esta normativa y con las características meteorológicas que actualmente se dan en la Comunidad Valenciana, hemos considerado totalmente necesario adoptar estas medidas de prevención», enfatizó.

No obstante, Álvarez matizaba que «con carácter extraordinario y únicamente por razones fitosanitarias, de investigación u otros motivos de urgencia debidamente justificados que no permitan su aplazamiento, se podrán autorizar quemas durante el período de prohibición, siempre que exista una resolución de la dirección general».

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